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Las ventajas de la energía hidroeléctrica como fuente limpia y renovable son ampliamente reconocidas. En Colombia, la topografía y la riqueza hídrica ofrecen condiciones excepcionales para su aprovechamiento, especialmente a través de Pequeñas Centrales Hidroeléctricas, PCH. Éstas representan una alternativa con gran potencial para la generación de electricidad y como motor de desarrollo y progreso.
Sin embargo, en Colombia el desarrollo de proyectos hidroeléctricos se ve atrapado en un verdadero laberinto burocrático. En lugar de agilizar los procesos y garantizar la protección ambiental, la normativa nacional impone una gran cantidad de requisitos que vuelven los proyectos vulnerables. Una sola condición añadida al final de los trámites puede devolver todo el proceso al punto de partida, frustrando la inversión y retrasando el suministro de energía.
Esta situación se traduce en menos recursos para los municipios y las Corporaciones Autónomas Regionales, CAR, pues se afectan, por ejemplo, las Transferencias del Sector Eléctrico. Además, se pierde el impacto económico positivo que la ejecución de estos proyectos podría generar en los territorios.
La obtención de una licencia ambiental en Colombia es un proceso largo y complejo.
Inicia con la consulta a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, Anla, o la respectiva CAR para el Diagnóstico Ambiental de Alternativas, DAA, seguido de la gestión de la licencia, que exige un Estudio de Impacto Ambiental, EIA, socializaciones y trámites ante el Ministerio del Interior y el Instituto Colombiano de Antropología e Historia, Icanh.
Los plazos para las decisiones de los trámites, raramente se cumplen y, el proceso de evaluación puede durar años. Sumado, a que, si el proyecto está en una zona protegida, se requiere de un trámite adicional (sustracción del área), que, en ocasiones, se debe realizar ante otra autoridad ambiental. Durante este proceso, se solicita el punto de conexión al sistema interconectado a la Unidad de Planeación Minero-Energética, Upme, y posteriormente, la línea de transmisión requiere su propio trámite ambiental.
Todo este tortuoso proceso es vulnerable a acciones judiciales que pueden suspender indefinidamente los trámites, retrasando las iniciativas y afectando su viabilidad.
Lo anterior, fue alertado recientemente por la Procuraduría General de la Nación en un informe donde indicó: “Demoras de hasta 800 días para resolver trámites, y tiempos de radicación entre 390 y 696 días, lo que evidenciaría ineficiencia administrativa y falta de uniformidad en los criterios”.
Con el objeto de encontrar la salida a este laberinto, se hace indispensable rediseñar todo el modelo de los trámites, desde la definición de los requisitos, su evaluación y las respectivas obligaciones, clasificando los proyectos hidroeléctricos según su capacidad de generación e impacto ambiental y social, de tal manera que las decisiones sobre los trámites sean rápidas, eficientes y técnicamente bien soportadas; propiciando la inversión y fortaleciendo la matriz energética del país.
En este contexto, el papel de los expertos adquiere mayor relevancia. Contar con asesoría profesional facilita los procesos legales, fiscales y cambiarios que, aunque están diseñados para ser claros, pueden resultar complejos para quien llega por primera vez
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