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Mientras el presidente de Claro, Juan Carlos Archila, aseguró la semana pasada en Inside LR que no “entendían por qué tenían que subsidiar a otros operadores del mismo tamaño”, al referirse a la regulación, tanto Tigo como Telefónica argumentaron que el mercado está concentrado y Claro se estaba saltando la ley.
Los operadores estaban esperando el pronunciamiento de la SIC para aclarar la situación. Hoy, la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la SIC ordenó a Comcel (Claro) ajustarse de manera inmediata a la regulación de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) sobre los cargos asimétricos de interconexión por minuto que cobra a Telefónica por llamadas terminadas en la red Comcel.
La SIC, luego de analizar la petición elevada por Telefónica y de escuchar los argumentos de Claro, encontró que esta última estaría compitiendo de forma desleal en el mercado al desconocer dichos cargos.
De acuerdo con el análisis preliminar efectuado por la Superindustria, corroborado por la comunicación enviada al expediente por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), es clara la vigencia de los cargos asimétricos que Claro debe ofrecer a los demás operadores de telefonía móvil, "ya sea por el valor de cargos de acceso por minuto o uso; o por acceso de capacidad, según lo estipulado en la parte final de la Tabla 3 del artículo 8 de la Resolución No. 1763 de 2007 de la CRC".
La decisión judicial de cumplimiento inmediato ordena a Claro a ajustar el valor que cobra a Telefónica al valor final de la tabla 3 del artículo 8 de la Resolución 1763 de 2007 de la CRC, de acuerdo con las modificaciones que hizo la Resolución 4660 de 2014. Es decir, la suma de $19,01 para el esquema de cargos por minuto o uso, y $7.616.514,53 para la opción de cargos de acceso por capacidad.
Igualmente, se ordenó a Claro cobrar a Telefónica a partir de enero de 2015 y durante todos los meses de 2015, el valor antes mencionado, por encontrarse vigente la regulación sobre cargos asimétricos por acceso, uso e interconexión de redes.
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