.
INFRAESTRUCTURA

No hay claridad sobre la tributaria en el sector inmobiliario

jueves, 15 de noviembre de 2012
La República Más
  • Agregue a sus temas de interés

Nadia Morales Hoyos

Desde la presidencia de Fedelonjas vemos que las condiciones actuales que tienen en materia impositiva los servicios de arrendamiento de inmuebles comerciales cambiarían de manera sustancial con la reforma tributaria que está en trámite en el Congreso de la República debido a que en ella se contempla un aumento de la tarifa nominal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 10% al 16%.

Para el sector resulta perjudicial la eventual modificación del artículo 468-3 del estatuto tributario en el cual se incluían como servicios gravados con la tarifa del 10% además de los servicios de arrendamiento de inmuebles diferentes a los destinados para vivienda, los planes de medicina prepagada y complementarios, las pólizas de seguros de cirugía y hospitalización, pólizas de seguros de servicios de salud y en general los planes adicionales, entre otros.

La reforma actual no incluye el servicio de arrendamiento dentro del artículo 476 del estatuto tributario, con lo cual estaría desapareciendo la tarifa del 10% y lo estaría enviando a la tarifa general del impuesto sobre las ventas que es del 16%.

La mencionada medida me parece que puede generar un estancamiento en el sector debido a que el aumento en la tarifa general del impuesto, será una carga impositiva adicional para los arrendatarios que no tengan como descontar en sus declaraciones de IVA dichos valores.

Otra inconveniente es que la medida podría conducir en cierta parte a que los arrendatarios y propietarios busquen la ilegalidad en sus vínculos contractuales, asumiendo más riesgos en sus negocios inmobiliarios y perjudicando de esta manera a los administradores de finca raíz en el país.

Para Fedelonjas es necesario que se incluyan los arrendamientos dentro del artículo 476 porque el cambio de gravamen podría aumentar el nivel de evasión proveniente del sector, debido a la informalidad a la que se resumiría el negocio por una alta tarifa de IVA.

Según estudios mostrados por analistas sectoriales, las condiciones de tenencia de los inmuebles comerciales, por lo menos en la ciudad de Bogotá, en promedio, un 50% de las edificaciones comerciales son de propiedad de las empresas, un 46% son arrendadas, un 2% son adquiridas mediante contrato de leasing y 2% tiene otro tipo de condición de tenencia.

De acuerdo con estas cifras, el arrendamiento es una forma muy utilizada por parte de las empresas para hacerse a sus instalaciones productivas, aumentar las cargas en estos costos podría impactar en los estados resultados de las empresas medianas y pequeñas que no tienen gran músculo financiero

Pero, ¿para la persona de la calle?, para este comerciante independiente que no tiene una generación importante de ingreso, que no declara renta pero que si tiene que pagar el arrendamiento del local en donde tiene un negocio de menudeo o una modesta comercializadora. El pasar de 10% de pago de IVA por el arrendamiento de su local, al 16% que plantea la reforma es un importe mayor de un 60% más en su pago de arrendamiento.

Si efectivamente, hablamos que en Colombia la informalidad es una realidad de nuestra estructura económica, ya sea porque los altos costos laborales llevaron a que fuera así, o porque la cultura de la bancarización no es generalizada para la mayoría de las empresas, y en el largo y el ancho del territorio nacional. Entonces consideramos que efectivamente, los que se ven afectados por las consecuencias de la eficiencia de la administración del impuesto, vía reducción de trámites, pero con un aumento de sus costos operativos, no deducibles de impuestos, no serían pocos.

Un vuelco poco favorable para el sector
Bajo las actuales condiciones el artículo 468-3 que dio un vuelco y definió como servicios gravados con la tarifa de cinco por ciento, a partir del primero de enero de 2013 solo al almacenamiento de productos agrícolas y los seguros agropecuarios. Fedelonjas considera fundamental que se incluya también los servicios de arrendamientos comerciales como una forma de evitar la ilegalidad en los vínculos contractuales y la informalidad.

Conozca los beneficios exclusivos para
nuestros suscriptores

ACCEDA YA SUSCRÍBASE YA