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La regulación de talleres navales y astilleros es un paso contra la informalidad en el mercado

jueves, 25 de agosto de 2016
Foto: Cortesía
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Kimberly Serje

Dentro del mismo se define qué es un taller de reparaciones navales, un astillero y su clasificación de acuerdo al sistema de varada o de puesta a flote, además del tiempo para ejecutar proyectos de construcción de las instalaciones. En la resolución queda claro que “los talleres de reparaciones navales se clasificarán según la naturaleza de su servicio, y su capacidad estará circunscrita a la que se demuestre en la inspección técnica practicada por la Autoridad Marítima, siendo indicada en forma particular en la expedición de la respectiva licencia de explotación”.

Asimismo, el director ejecutivo de la Cámara Fedemetal de la Andi, Juan Manuel Lesmes, comentó que, “es la única reglamentación del sector artillero en el país. La lucha contra la informalidad en el sector de la artillería es constante y esta resolución es la garantía de que todo se haga de forma correcta”. Lesmes añadió que, “el hecho de que se siga una normatividad en este sector es un gran paso para el país”. La resolución fue conciliada en el marco del Comité de Astilleros y entrará en vigencia seis meses después de la publicación en el Diario Oficial. 

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