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Una sentencia europea enreda aún más el acuerdo comercial postBrexit entre Londres y la UE

martes, 16 de mayo de 2017
Foto: Expansión
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Expansión - Madrid

El TJUE ha declarado que el acuerdo de libre comercio entre la UE y Singapur es de "competencia mixta" entre las instituciones comunitarias y los Estados Miembros. Ese criterio debería aplicarse a futuros acuerdos comerciales.

Según los jueces europeos, en dos elementos del acuerdo la UE no tiene competencia exclusiva y necesita de las correspondientes ratificaciones nacionales: en los tribunales de arbitraje para resolver disputas entre inversores y Estados y en las disposiciones que regulan las inversiones extranjeras de cartera (que no tienen por objeto influir en la gestión o tomar el control de la compañía adquirida).

En otro gran número de áreas, en cambio, el TJUE sí reconoce el derecho de las instituciones comunitarias de completar acuerdos comerciales. Por ejemplo, en la contratación pública, protección de inversiones extranjeras directas, derechos de propiedad intelectual e industrial, la lucha contra las actividades contrarias a la competencia, las disposiciones en materia de desarrollo sostenible o las normas relativas al intercambio de información y a las obligaciones de notificación.

Aún así, esta sentencia puede complicar un eventual acuerdo post-Brexit. En el peor de los casos, si el pacto Londres-Bruselas incluye también tribunas de arbitraje y regula las inversiones de cartera, deberá ser aprobado por todos los parlamentos nacionales y las asambleas regionales pertinentes.

Esto aumentará el número de riesgos potenciales de que el acuerdo encalle. Un ejemplo reciente es el proceso de ratificación del acuerdo UE-Canadá, el CETA, que fue bloqueado temporalmente por la asamblea regional belga de Valonia.

En el mejor de los casos, los negociadores de los 27 y los británicos se verán obligados a sortear de algún modo legalmente creativo los obstáculos legales que impone el TJUE. Por ejemplo, dividiendo el acuerdo comercial en dos partes, una que sea ratificada por las instituciones comunitarias y la otra también por los parlamentos nacionales y regionales. Pero, aún así, el acuerdo comercial completo requerirá eventualmente la ratificación nacional.

El juicio ha enfrentado a Comisión y Parlamento con el Consejo y la mayoría de Estados Miembros. El Ejecutivo comunitario y la Eurocámara defendían que los acuerdos comerciales de nueva generación eran, en su totalidad, competencia exclusiva de la UE. El Consejo (que representa a los Gobiernos) y los Estados, en cambio, defendían conservar su voz en el proceso.

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