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Plaza de la Independencia en Montevideo
URUGUAY

Montevideo prohíbe la "arquitectura hostil", se aprobó nueva reglamentación y multas

viernes, 28 de marzo de 2025

Plaza de la Independencia en Montevideo

Foto: Bloomberg

Se considera hostiles a las construcciones que presenten un riesgo para la salud, como pinchos, rejas en punta y otros elementos

El Observador - Montevideo

La Junta Departamental de Montevideo (JDM) aprobó en la sesión de este jueves la nueva normativa para la ciudad que prohíbe la "arquitectura hostil" en Montevideo, Uruguay, como se denomina a los "elementos arquitectónicos" que puedan presentar un riesgo para la salud, como los pinchos, rejas en punta y otros similares.

El proyecto de decreto para prohibir estos elementos había sido enviado por la Intendencia de Montevideo –a instancias del Municipio B–, luego de que un hombre de 30 años muriera al caer sobre pinchos ubicados en la fachada de un edificio en Héctor Gutiérrez Ruiz y Durazno.

Uno de los pinchos le entró debajo del ojo derecho. La herida le afectó la carótida y el lóbulo temporal izquierdo, y aunque fue operado, sufrió un infarto cerebral, quedó vegetativo y el 16 de noviembre pasado murió.

El caso reavivó el debate sobre estos elementos instalados en la ciudad, colocados en la mayoría de los casos para evitar que personas en situación de calle se instalen en esos espacios de la acera.
La normativa aprobada por la Junta Departamental prohíbe los "elementos arquitectónicos que representen riesgos significativos para la integridad física de las personas, estén estos en fachadas, cercos, cerramientos, límites o estructuras de cualquier tipo, tanto ubicados en espacios públicos como en espacios de propiedad privada o del propio Estado, y a los que se acceda como resultado del tránsito por uso de la vía pública o por acceso directo desde el espacio público", según señala un comunicado.

Aunque el decreto quedó aprobado, resta que la Intendencia de Montevideo establezca una reglamentación para determinar cuáles son los elementos permitidos y cuáles los prohibidos.

Mientras tanto, con la entrada en vigencia de la nueva normativa, los propietarios de inmuebles con elementos de este tipo instalados "dispondrán de dos meses para adecuarlos o retirarlos".

La multa establecida por transgredir la norma fue fijada en hasta 20 unidades reajustables (UR).

"Para la determinación del monto de la multa podrá considerarse: la gravedad de la infracción; el tipo y la jerarquía del edificio -cuando corresponda-; la conducta adoptada por el infractor al momento de constatarse la contravención; y las acciones correctivas realizadas con posterioridad, de manera voluntaria", establece la normativa.

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