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Las obligaciones fiscales que tienen las personas que compran bitcoins en España

miércoles, 7 de marzo de 2018

El supuesto anonimato que rodea a las criptomonedas no exime de tener que cumplir con las obligaciones fiscales, distintas según la operación que se realice con ellas.

Expansión - Madrid

Aunque la CNMV, el Banco de España y hasta la Unión Europea ya se han puesto manos a la obra para emitir una serie de propuestas sobre la regulación de las monedas virtuales, lo cierto es que la falta de normativa clara y específica sobre los bitcoins hace que los inversores que han apostado por estos activos duden cómo deben actuar para cumplir con sus obligaciones fiscales. Aun más, cuando la Agencia Tributaria ya ha advertido, en su Plan de Control Tributario de 2018, que va a vigilar muy de cerca el empleo de criptomonedas como métodos de pago.

Pablo Fernández Burgueño, responsable del área legal de Nevtrace y profesor del posgrado de experto en bitcoin y blockchain de la Universidad Europea de Madrid, responde algunas de las dudas fiscales siguiendo la normativa actual general en una guía que publica el marketplace de abogados Easyoffer.

Compra de bitcoins
La tecnología que está detrás del blockchain permite que, en el proceso de compra, el nombre del comprador de criptomonedas permanezca en el anonimato, por lo que, en principio, Hacienda no tiene hoy las herramientas necesarias para saber quién está detrás.

Sin embargo, en el momento en que se produzca en la cuenta bancaria cualquier movimiento de capital sospechoso, se puede iniciar una investigación para ver la causa. La Administración tiene cuatro años para ello, ya que la prescripción fiscal está fijada en ese periodo, según se recoge en el artículo 66 de la Ley General Tributaria.

Venta de bitcoins
"Toda persona en su declaración de la renta tiene que informar sobre el incremento patrimonial que ha obtenido durante un ejercicio y pagar el impuesto correspondiente, que está en tres escalas: del 19%, del 21% o del 23%", según explica Fernández Burgueño, que forma parte del grupo de expertos en criptomonedas de Europol.

Por lo tanto, este incremento patrimonial se debe señalar siempre en la declaración de la Renta correspondiente, por lo que, antes de vender, es recomendable hacer cuentas con otro tipo de ingresos y pedir la ayuda de un experto en asesoramiento fiscal para encontrar la opción más conveniente.

"Al igual que si se vende una propiedad se obtiene una plusvalía, si se hace con los bitcoins por un precio superior al de la compra, habría que informar sobre esa ganancia en el patrimonio", explica el experto en la guía publicada por Easyoffer.

Para la campaña del año pasado, los tipos impositivos fueron del 19% para una plusvalía de hasta 6.000 euros, del 21% de hasta 50.000 euros, y el 23% a partir de esa cantidad.

Por ejemplo, para una persona que compró 100 euros en bitcoins en 2011 y decidió venderlos en diciembre de 2017, su ganancia patrimonial ha sido de casi 1,9 millones, por lo que tendría que pagar en impuestos unos 437.000 euros (el 23%) en su declaración del IRPF por este concepto.

Del mismo modo, hay que tener en cuenta que una venta de bitcoins puede suponer una pérdida patrimonial si se venden más baratos que el precio de compra. En ese caso, también debe quedar reflejado en la declaración porque puede ser beneficioso para el declarante.

Compraventa
Las personas que se dedican a a la compraventa de criptomonedas también deben conocer sus obligaciones fiscales. En este apartado aún no hay una normativa concreta, como señala el experto de Nevtrace: "Por ahora, dado que son monedas virtuales, se debe considerar como un cambio de divisas", como ya reflejó, en octubre de 2015, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que indicó que las monedas virtuales pueden ser intercambiadas igual que las divisas convencionales, operaciones que además están exentas de IVA.

Compra en bitcoins
En enero de 2018 un piso de Tarragona fue comprado por 40 criptomonedas. Fue en Tarragona y, desde entonces, los notarios han mostrado sus dudas ante posibles nuevos casos.

El fundador de Nevtrace indica que, ante cualquier compra hecha en bitcoins, "hay que pagar el IVA", como si la operación se hiciese en euros, aunque señala que "sólo hay un caso exento: cuando entregas euros y recibes bitcoins".

Después de una operación de este estilo, la pelota pasa al tejado del vendedor, que será quien tenga que hacer los trámites necesarios para traducir esa venta en criptomonedas a un apunte en euros para saldar con Hacienda la liquidación trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

En este sentido, la guía de Easyoffer señala que "el que recibe el pago debe valorar en euros la cantidad de monedas electrónicas recibidas para hacer el pago del IVA o el apunte contable". Así, si en el futuro lo convierte en euros y obtiene una rentabilidad, podrá declararlo.

Por lo tanto, si una empresa recibe bitcoins, debe reflejarlo en su contabilidad y declararlo a través del Impuesto de Sociedades. "La oficina nacional de investigación del fraude pide, desde 2015, información sobre los libros contables a todas las empresas que saben o intuyen que pueden mover criptomonedas", según asegura Pablo Fernández Burgueño.

Intercambio de criptomonedas
Debido a que se trata de un mercado con mucha volatilidad, algunos inversores juegan a intercambiar criptomonedas para intentar maximizar sus beneficios.

Para Pablo Fernández, "ese intercambio supone un cambio en el patrimonio y, como tal, hay que declararlo. Cada vez que se hace un cambio se tiene que valorar cuánto se ha ganado o perdido, y hay que detraer el 19%, el 21% o el 23%, en función de la ganancia valorada en euros".

"Esto nadie lo tiene en cuenta, pero Hacienda ha dicho que ve a muchísima gente que deja de pagar impuestos que sí debe pagar, y van a estar más atentos", alerta el responsable del área legal de Nevtrace.

Impuesto sobre el Patrimonio
El 1 de enero de 2018 desapareció virtualmente el impuesto sobre el patrimonio en España al no incluir el BOE la prórroga anual, aunque el Gobierno aún tiene margen para recuperarlo al no estar todavía aprobados los Presupuestos Generales del Estado.

Por este motivo, de momento, las personas que han incrementado notablemente su patrimonio gracias a los bitcoins, pueden estar tranquilos.

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