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La medida establece que el lapso de la supresión de Cadivi inicia con la publicación del presente decreto y termina el 31 de diciembre de este año, prorrogable en una única oportunidad hasta por un plazo de un año.
La supresión de Cadivi le abre camino al nuevo ente regulador de las divisas para bienes y servicios prioritarios, Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex).
El documento señala que le proceso de supresión debe llevarse a cabo en condiciones tales que aseguren la continuidad administrativa de las competencias que ejerce Cadivi y que no pudieran ser transferidas de manera inmediata al Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex).
Durante el proceso de supresión y hasta tanto el Cencoex asuma las competencias en materia de administración de divisas, el presidente de dicho organismo establecerá las competencias cuyo ejercicio asuma el Cencoex.
El texto agrega que será el Presidente de la República designará los miembros de la Junta Supresora de Cadivi.
El presidente de Cadivi permanecerá en sus funciones hasta ha supresión definitiva de la Comisión.
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