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Claudia Sheinbaum envía a diputados una iniciativa para prohibir el maíz transgénico

sábado, 25 de enero de 2025

Claudia Sheinbaum, presidenta de México

Foto: Reuters
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De acuerdo con la iniciativa de la mandataria de México, las reformas son para modificar los artículos 4 y 27 de la Constitución

El Economista - Ciudad de México

La presidenta Claudia Sheinbaum envió la noche de este jueves a la Cámara de Diputados un proyecto de reforma en materia de conservación y protección de los maíces nativos, con el fin de plasmar en la Constitución la prohibición del cultivo de maíz transgénico en nuestro país.

De acuerdo con la iniciativa de la mandataria, las reformas son para modificar los artículos 4 y 27 de la Constitución y declarar el maíz como “elementos de identidad nacional y establecer la obligación del Estado de garantizar el cultivo de maíz libre de transgénicos en territorio nacional”, al tiempo que llamó a priorizar el manejo agroecológico de su semilla.

Entre los argumentos de la iniciativa, la presidenta Claudia Sheinbaum sostuvo que nuestro país alberga la más amplia diversidad del cultivo, representada por 59 razas de maíces nativos y sus parientes silvestres, por lo que “representa un acervo genético invaluable e insustituible que es fundamental para la agricultura y la seguridad alimentaria mundial”.

Asimismo, destacó que México cuenta con un sólido marco normativo para proteger su diversidad biológica y reconoce la importancia del país como centro de origen y diversidad genética de cultivos fundamentales como el maíz, al tiempo que subrayó que estas normas llaman a darle una protección especial.

“Los maíces nativos, al igual que sus parientes silvestres representan bienes públicos estratégicos de México, que tienen un valor intrínseco resultado del cultivo y el manejo de los agricultores de estas tierras, quienes ha generado, custodiado, conservado y adaptado estos recursos a diversas condiciones agroecológicas durante cuando menos 8 milenios”, expresa en la iniciativa.

Finalmente, en sus transitorios, se añade que, “para efectos de interpretación del presente decreto, se entenderá por maíz transgénico aquel que sido modificado o alterado genéticamente, mediante la introducción artificial de una o más secuencias de ADN o ácido ribonucleico provenientes de otro organismo de otra especie usando tecnología recombinante”.

Se prevé que en la siguiente sesión de la Comisión Permanente se le dé turno para continuar con su trámite legislativo, y así darle prioridad durante el próximo periodo ordinario del Congreso de la Unión, que inicia el 1 de febrero.

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