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FINANZAS

Reglas claras para los aportes

martes, 30 de agosto de 2016
Foto: 123RF
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Gustavo Vega

Para solucionar los inconvenientes generados por las diversas interpretaciones que se hacían sobre la liquidación de aportes al Sistema de Seguridad Social y Parafiscales, el Ministerio de Salud y Protección Social emitió en junio pasado la Resolución 2388, con la cual establece los lineamientos técnicos que permiten unificar los criterios en esta materia.

Se trata de una normatividad de gran importancia para todos los actores del sistema, dado que, tanto aportantes como operadores y administradores del sistema hacían sus propias lecturas sobre las normas de liquidación de aportes, generándose inconsistencias en la información que compilaba el sistema y afectando los datos de pagos de cotizaciones y aportes a los sistemas de pensiones, salud, riesgos laborales, al Sena, Icbf y a las cajas de compensación familiar.

De esta manera, se actualizaron y unificaron de una vez las reglas de negocio para el pago de aportes mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes -Pila-.  Podemos calificar esta decisión como una excelente noticia, dados los constantes cambios y actualizaciones exigidos por el MinSalud,  que conducían a los ajustes de las diferentes plataformas tecnológicas de las entidades que prestan el servicio, poniéndose en riesgo la calidad de la atención al usuario final.

La Resolución 2388 de 2016 incluyó cinco anexos técnicos que contienen las especificaciones y estructura de los archivos que deben reportar los aportantes, pagadores de pensiones y operadores de información. Por un lado, se estableció un glosario de términos Pila, se definieron las condiciones de aportes a seguridad social de afiliados activos y de pensionados, se describe la estructura de los archivos de salida con destino al administrador fiduciario de los recursos del Fosyga, y de los archivos correspondientes al Ministerio de Salud y Protección Social.

Con ‘la cancha demarcada’ se dio plazo hasta el diez de diciembre de este año, con algunas excepciones contempladas en la norma, para que todos los operadores del sistema implementen los correspondientes anexos técnicos incluidos en la Resolución, de tal forma que el sistema cuente con la estabilidad que requiere y se resuelvan las inconsistencias reportadas en los años anteriores. 

El pasado diez de julio se venció el plazo para realizar las implementaciones relacionadas con:  Ajuste de planilla N-Corrección por reporte de novedad de retiro si aporte para los afiliados independientes, Creación del cotizante 56, Prepensionado voluntario con aporte a salud, Inactivación de aporte a salud cuando se reporte la marcación Colombiano Temporal en el Exterior  y por último, la Inactivación de aporte a salud cuando se reporte la marcación Pensionado Residente en el Exterior.

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