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BOLSAS

Proyecto del Gobierno plantea que las OPA deben esperar seis meses entre ofertas

jueves, 16 de octubre de 2025

Este viernes, la URF publicó el proyecto listo para comentarios hasta el 25 de octubre a través de su cuenta oficial de X

En el Congreso Regional nuam Asobolsa, la directora de la Unidad de Regulación Financiera, URF, Mónica Higuera, dejó claro que 2025 será un año de ajustes normativos fundamentales. Su intervención en el Congreso nuam-Asobolsa giró en torno a tres ejes: el régimen de Ofertas Públicas de Adquisición, OPA, el acceso de las pymes al mercado de valores y la modernización del sector fiduciario.

Este viernes, la URF publicó el proyecto listo para comentarios hasta el 25 de octubre a través de su cuenta oficial de X.

El proyecto

A raíz de las OPA que dieron lugar al desenroque del Grupo Empresarial Antioqueño se evidenció la necesidad de hacer claros algunos puntos que no estaban explícitos en la regulación, explican analistas.

LOS CONTRASTES

  • Alejandro SánchezAnalista de Renta Variable de Alianza

    “A raíz de las OPA que dieron lugar al desenroque del Grupo Empresarial Antioqueño se evidenció la necesidad de hacer claros algunos puntos que no estaban explícitos en la regulación”.

En resumen, se busca que el mercado tenga más información por parte de quien lanza la OPA, para facilitar la toma de decisiones.

¿Qué cambiaría?

Entre los cambios más relevantes que se proponen, está que luego de lanzar una OPA hay que esperar seis meses para hacer la siguiente oferta, con el objetivo de darle más tiempo al mercado para digerir lo movimientos del oferente.

También se aumentan los casos en que es obligatorios hacer una OPA. Por ejemplo, si se busca hacer un gran intercambio de acciones de dos emisores que están en la bolsa, en varios casos este acuerdo también debe hacerse mediante oferta pública, con el objetivo de que el mercado tenga libre acceso a las mismas condiciones en que se hizo el negocio inicial.

En cuanto a la forma de presentar una OPA, se debe hacer por mínimo el 5% de las acciones con derecho a voto y no se puede ofrecer un precio más bajo que alguno que el oferente haya pagado en los últimos tres meses.

Otros cambios

El objetivo principal del proyecto es “modernizar y armonizar” el régimen de las OPA en línea con las prácticas de los mercados internacionales. El nuevo marco fortalece tres principios fundamentales: irrevocabilidad; trato equitativo y divulgación.

El primer principio de irrevocabilidad detalla que una OPA no puede modificarse ni retirarse una vez anunciada; el segundo de trato equitativo es que todos los accionistas deben tener las mismas condiciones, y el tercero, sobre la divulgación, es que la información debe ser clara y precisa para permitir decisiones informadas.

El decreto unifica cuatro tipos principales: obligatoria, voluntaria, sobreviniente y para cancelación. Una OPA será obligatoria cuando se supera 25% o se incrementa sobre 5%. Será voluntaria cuando se realiza sin que sea exigida por ley, sobreviniente cuando se obtiene control a través de fusiones o escisiones, y para cancelación cuando empresa desea retirarse de bolsa. Y otra de las cosas que se incluye con el decreto es el derecho de venta, que es si un inversionista obtiene más del 90% del capital con voto, los minoritarios (con al menos 1%) pueden exigirle una OPA por el resto. Si alguien adquiere participación sin OPA, se suspenden sus derechos políticos y económicos hasta corregir la situación.

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