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Salón elíptico, Cámara de Representantes
Se analizarán los artículos que la Corte Constitucional determinó que no habían tenido la debida discusión en el legislativo
El proceso legislativo para definir el futuro de la pensional cada vez está más cerca, la Cámara de Representantes sesionará el martes para definir sobre los vivicios de procedimiento de la reforma. Esto se da a tres días del plazo de 30 días hábiles que fijó la Corte Constitucional para este fin, de acuerdo con la Sentencia C-264 de 2026 , notificada al Congreso el 17 de septiembre.
La Cámara aprobó la creación de una Comisión Accidental de Mediación, coordinada por los representantes Simón Molina y Jhonatan Pineda, para subsanar los vicios de señalados por la Corte Constitucional. La comisión le presentará una propuesta definitiva a la plenaria de la Cámara, para su aprobación para luego retomar el trámite en el alto tribunal.
En específico, lo que la Cámara estudiará son nueve artículos y la proposición de otro, revisarán cómo fueron debatidos y aprobados, y cómo subsanar los vicios al garantizar deliberación suficiente y concretar un texto que pase la revisión constitucional.
El miércoles 21 de octubre, la Mesa Directiva de la Cámara de Representantes le solicitó a la Sala Plena de la Corte Constitucional una prórroga de 30 días hábiles adicionales para cumplir con el trámite de subsanación de la reforma, esto que durante este lapso fijado por la corte coincidió con el debate y aprobación del Presupuesto General de la Nación para 2027, y los congresistas no habían logrado iniciar el debate pensional.
Pero hasta el 26 de octubre, la Corte no había anunciado si aprobaba o negaba la solicitud de ampliación del plazo. Por tanto, el primer punto de la plenaria es “la corrección del vicio de procedimiento”.
Entre los puntos que tendrá que debatir la Cámara ante la existencia de proposiciones no discutidas están el artículo 11, en el que se establece que las cuentas de ahorro individual del pilar contributivo son del afiliado; el artículo 14, que establece las características prestacionales del sistema de protección social; el artículo 19, que define la forma de inversión de los dineros de los fondos de pensiones; entre otros.
Independiente a la forma cómo se subsanen estos artículos, estos no significarán un gran impacto frente a lo ya aprobado y que debe entrar en vigencia en abril de 2025. En cambio, otros sucesos relacionados a la reforma que sí pueden tener un mayor impacto son un incidente de impacto fiscal que el Ministerio de Hacienda solicitó el 22 de septiembre, sobre lo cual, el ministro Miguel Gómez presentó un oficio ante la presidenta de la Corte, Paola Meneses, para sustentar que la implementación de la reforma pensional en 2027 requeriría recursos adicionales por cerca de $16,25 billones no contemplados en el Presupuesto General de la Nación.
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