.
FINANZAS

El ABC de las prestaciones sociales y los aportes parafiscales

martes, 28 de abril de 2015
La República Más
  • Agregue a sus temas de interés

Ximena González

“Las empresas están obligadas a contribuir con el Sistema de la Protección Social, el cual de conformidad con el artículo 1º de la Ley 789 de 2002 se define como el conjunto de políticas destinadas a disminuir la vulnerabilidad y a mejorar la calidad de vida de los colombianos, especialmente la de los más desprotegidos, esto debe incluir, seguridad social en salud, en pensiones, en riesgos profesionales y subsidio familiar”, explicó Gloria Inés Cortés Arango, directora general de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP).

Así pues, el monto de la cotización al Régimen Contributivo de Salud es el 12,5% del ingreso o salario base de cotización, el cual no puede ser inferior a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (Smmlv). De este porcentaje corresponde al empleador el 8.5% y al empleado el 4%. Uno punto cinco por ciento (1,5%) de la cotización se trasladada a la subcuenta de Solidaridad del Fosyga para contribuir a la financiación de los beneficiarios del régimen subsidiado.

Por su parte, en materia de pensiones el porcentaje de cotización corresponde al 16% del salario, de los cuales el 12% está a cargo del empleador y el 4% a cargo del trabajador. Es importante señalar que para trabajadores contratados con salario integral (más de 10  Smmlv) el Ingreso Base de Cotización corresponde al 70% del salario y la cotización no puede exceder el tope máximo de 25 mínimos. Cabe recordar que los trabajadores vinculados mediante un contrato de servicios, no tienen derecho a ningún tipo de prestaciones sociales y serán ellos quienes deberán asumir el pago. 

“El empleador es responsable del pago de su aporte y del aporte de los trabajadores a su servicio. Para ello, debe descontar del salario de cada afiliado, al momento de su pago, el monto de las cotizaciones obligatorias y de las voluntarias que expresamente haya autorizado el afiliado. Su deber es trasladar estas sumas a la entidad elegida por el trabajador, junto con las correspondientes a su aporte, dentro de los plazos que para el efecto determina el Gobierno”, agregó Cortés.

Por otro lado, según datos suministrados por Colpensiones, la Sentencia de julio 18 de 1985, de la Corte Suprema de Justicia, establece que “las prestaciones sociales son un beneficio adicional que la ley o la empresa concede al trabajador, como es la prima de servicios, los intereses sobre cesantías, las primas extra legales, la dotación. Son los dineros adicionales al salario que el empleador debe reconocer al trabajador vinculado mediante contrato de trabajo por sus servicios prestados”. 

 De igual forma, la abogada Sandra Ordóñez, manifestó que “la empresa debe mensualmente destinar para cesantías el 8,33% del salario por cada trabajador , intereses de cesantías del 1%, prima 8,33%, vacaciones 4,17 %, lo que equivale al 21,83% que se debe adicionar al sueldo”.

Otros pagos a cargo de los empleadores
La empresa dentro de sus pagos adicionales al salario y prestaciones deberá asumir el pago a riesgos profesionales. El monto de la cotización al Sistema de Riesgos Laborales no puede ser inferior al 0.348%, ni superior al 8.700% del Ingreso Base de Cotización (IBC) de los trabajadores y su pago está por completo a cargo del empleador. La tarifa en estos pagos  varía de acuerdo con la actividad económica de la empresa y la codificación del riesgo que corra el empleado desarrollando su actividad, y la definen el ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Riesgo I 0.522%, riesgo II: 1.044%, riesgo III: 2.436%, riesgo IV:4.350%, riesgo V:6.960%.

Conozca los beneficios exclusivos para
nuestros suscriptores

ACCEDA YA SUSCRÍBASE YA

MÁS DE FINANZAS

Bolsas 24/04/2024 Pese a caídas del dólar esta semana, los analistas estiman que repuntará hasta $4.100

Ayer la divisa logró una caída de $14,73 gracias a menores tensiones en conflicto de medio oriente; sin embargo, los analistas consideran que la tendencia al alza seguirá

Tecnología 23/04/2024 Avances tecnológicos impulsan la evolución de las transacciones financieras móviles

Según el Informe de Gestión Gremial de Asobancaria, 73% de las entidades financieras han implementado nuevas tecnologías en sus operaciones

Bancos 25/04/2024 Las tarjetas de crédito lo pueden ayudar para gastos que genera tener una mascota

AV Villas, Banco de Occidente, y Coltefinanciera son algunas de las entidades financieras que ofrecen tarjetas destinadas a los gastos de sus mascotas