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Andrés Velasco, presidente de Asofondos
LABORAL

Asofondos propone ajustes clave al Gobierno para administrar el Fondo del Emisor

martes, 15 de julio de 2025

Andrés Velasco, presidente de Asofondos, lidera el llamado a fortalecer la regulación y gestión.

Foto: Gemini

La reforma pensional, que entraría en vigor a partir del 1° de julio de 2025, establece que este fondo será gestionado por el Banco de la República

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Asofondos, el gremio que representa a los fondos privados de pensiones en Colombia, ha presentado una serie de recomendaciones al Gobierno y al Banco de la República para mejorar la administración del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, Fapc, un componente fundamental del nuevo sistema pensional.

La reforma pensional, que entraría en vigor a partir del 1° de julio de 2025, establece que este fondo será gestionado por el Banco de la República, con el objetivo de garantizar la sostenibilidad y eficiencia del ahorro pensional a largo plazo.

Sin embargo, Asofondos ha advertido que aún existen vacíos importantes en la reglamentación, especialmente en lo relacionado con la operatividad y las reglas técnicas del Fapc.

Entre las principales propuestas de Asofondos se encuentra la ampliación de los plazos para la transmisión de datos, validación y giro de recursos al fondo, ya que consideran que las ventanas actuales no son suficientes para detectar y corregir posibles errores. El gremio también solicita que la respuesta a los archivos enviados por las administradoras sea inmediata, para evitar retrasos en la reinversión de los recursos.

Otra recomendación importante es modificar el formato de los reportes, exigiendo que los datos se separen por tipo de pago y por el NIT del fondo pagador, en lugar de consolidarse por administradora. Según Asofondos, este cambio facilitaría la gestión contable y reduciría riesgos.

Asofondos también se opone a la exigencia de pólizas adicionales y custodios nacionales para el traslado de títulos, y propone que este proceso pueda hacerse mediante el traslado en portafolio, en lugar de la liquidación de los activos, con el fin de evitar desvalorizaciones y pérdidas innecesarias.

El decreto sin embargo ya definió la reglamentación.

*Editado y corregido por Daniella Rodríguez, editora de finanzas.

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