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Hacienda

Reforma Tributaria 2022


Luis Carlos Reyes, director de la Dian, afirmó que la reforma se alinea con la Constitución de 1991 y cumple con ella en la medida en que será debatida en el Congreso de la República

REFORMA TRIBUTARIA 2022

Nueve temas de impacto en la reforma tributaria

jueves, 11 de agosto de 2022

Juan Guillermo Ruiz

Los nueve (9) temas incluidos en el proyecto de reforma con mayor impacto en los contribuyentes serían los siguientes:

Doble tributación de dividendos. En primer lugar, preocupa la doble tributación de dividendos que aplicaría a las personas naturales residentes en Colombia, titulares de inversiones en acciones o participaciones en sociedades. Al tratar el dividendo como un ingreso ordinario, sujeto a tributación por parte de la persona natural, se generaría una doble tributación para una parte de los dividendos realizados.

Incremento de tributación de dividendos para no residentes y profundización de asimetrías de no residentes. El incremento del 10% al 20% en la tributación para no residentes implica un incremento en la tributación de los inversionistas del exterior en jurisdicciones sin convenio para evitar la doble imposición, del 41,5% al 48%. Este es un mensaje muy negativo para la inversión extranjera en Colombia.

Incremento de tarifa de ganancias ocasionales. El incremento de tarifa de ganancias ocasionales para personas naturales del 10% a la tarifa aplicable de acuerdo con la curva de tributación individual, lo mismo que el incremento de la tributación de ganancias ocasionales para sociedades nacionales y no residentes del 10% al 30%, tendrá un impacto significativo.

Limitación de beneficios de personas naturales. La limitación de beneficios de exenciones y deducciones para personas naturales con rentas superiores a $10.000.000, de acuerdo con los cálculos iniciales que hemos realizado, implicaría un incremento entre el 1% y el 9% en la tributación efectiva aplicable a las personas naturales a partir del año 2023 comparadas con la tributación actual.

Limitación de beneficios a las empresas. La limitación de beneficios a las empresas a través de la formula de limitación de beneficios conocida como Impuesto a cargo Adicional (IAA) y la eliminación del descuento del ICA, necesariamente implicará un incremento de la tributación efectiva de las empresas. En definitiva, se incrementa tanto el impuesto de las personas naturales como el de las empresas.

Impuesto al patrimonio permanente. La aplicación de un impuesto al patrimonio permanente adicionada a un incremento sustancial de la tributación en el impuesto de renta de las personas naturales residentes, induce a la migración de capitales del país y a los cambios de residencia de las personas con más altos patrimonios e ingresos, lo cual claramente no le conviene al país.

Impuesto a las exportaciones. El impuesto a las exportaciones para petróleo, oro y carbón acompañado de la no deducibilidad de regalías y de los cambios en los períodos de amortización de inversiones de las industrias extractivas envía un desestimulante mensaje a la inversión en estos sectores.

Sede efectiva de administración y presencia significativa. El cambio aplicable a las normas de sede efectiva de administración de las sociedades y entidades extranjeras y los criterios aplicables a presencia significativa de negocios en Colombia serían igualmente cambios con significativo impacto en la base de tributación en Colombia.

Tarifa de tributación de Zonas Francas. El incremento de la tarifa de tributación de Zonas Francas que incumpla con los compromisos de exportación del 20% al 35% indudablemente impacta aquellas Zonas Francas, que por su naturaleza, estan principalmente orientadas al mercado interno.

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