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Hacienda

Reforma Tributaria 2022


Luis Carlos Reyes, director de la Dian, afirmó que la reforma se alinea con la Constitución de 1991 y cumple con ella en la medida en que será debatida en el Congreso de la República

REFORMA TRIBUTARIA 2022

Los impuestos pigouvianos

jueves, 11 de agosto de 2022

Estos son gravámenes que nacen para desaparecer en el mediano y largo plazo. Si logran su cometido, el recaudo en torno a productos ultraprocesados debería ser cada vez menor

César Camilo Cermeño

Woody Allen, en dos de sus películas, acuña en la cultura pop el concepto de Melancolía de Ozymandias, a partir de un poema de Percy Bysshe Shelley, inspirado en Ramsés el Grande (alias Ozymandias). De hecho, en ‘Breaking Bad’ se retoma el término en un capítulo así bautizado en su quinta temporada.

Básicamente, la acepción de Allen hace referencia al sentimiento que se tiene al observar una construcción que con el tiempo se derrumbará. Los impuestos saludables como llama la exposición de motivos del proyecto de reforma tributaria al impuesto nacional al consumo a las bebidas ultraprocesadas azucaradas y a los productos comestibles ultraprocesados con alto contenido de azúcares añadidos, en su concepción teleológica, están dirigidos a autodestruirse desde la óptica recaudatoria.

Al analizarlos debemos recordar que la finalidad de estos tributos debe ser la modificación de los hábitos de consumo relativos a alimentos y bebidas específicas y no ser un instrumento de mero recaudo.

En este orden de ideas, son gravámenes que nacen para desaparecer: si logran su cometido, con el pasar del tiempo, su recaudo debería ser cada vez menor.

Además de buscar disminuir el consumo, estos impuestos deberían dirigirse a aliviar los gastos del sistema de salud. Resultaría al menos curioso que la finalidad de apoyo al sistema de salud llegue meramente desde el punto de vista de desincentivar y no de utilizar este recaudo para fortalecer el sistema fiscal.

Esto es aceptado en la exposición de motivos, cuando se señala que “este tipo de impuestos corresponden a una medida pigouviana, y generalmente se usan para reducir el consumo de algunos bienes que resultan en externalidades negativas sobre la salud de la población, con el fin de reducir los gastos del sistema de salud asociados a la incidencia de enfermedades derivadas del consumo de bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados y mejorar el bienestar de la población.”

Considerando lo anterior, es claro que los impuestos saludables, más allá de su capacidad para generar ingresos, son un elemento que debe hacer parte de una política integral que observa las recomendaciones de la

Organización Mundial de la Salud (OMS), en relación con la obesidad infantil, en donde se hace un llamado a las naciones a tomar medidas efectivas para disminuir el consumo de bebidas azucaradas y ciertos alimentos, lo que ha inyectado un vigorizado punto de discusión en el ámbito de políticas públicas a nivel internacional.

Esto también es aceptado por el Gobierno, que en su exposición de motivos aclara que ésta es solo “una forma de reducir las externalidades negativas asociadas al consumo de las bebidas azucaradas y los alimentos ultraprocesados es implementar un impuesto sobre el consumo de estos productos.”

A pesar de lo anterior, aunque se menciona y desarrolla en el proyecto una discusión técnica frente la estructura del impuesto, su destinación no es específica; es decir, no queda claro cómo esos dineros recaudados vayan a servir efectivamente a sus propósitos de salubridad pública.

Desde la Melancolía de Ozymandias, sabemos que la decadencia de este tributo llegará tarde que temprano. No obstante, es decisión de los encargados de la política pública del país si la decadencia llegará por la baja inevitable en el recaudo o por la falta de articulación con una política pública integral de prevención de la obesidad o los hábitos poco saludables.

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