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Las OPA por el GEA


Las ofertas que ponen al GEA contra las cuerdas

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La Junta Directiva de Grupo Sura decidió vender el 31% de su participación

martes, 15 de noviembre de 2022

Con la orden del acta por parte de la Junta Directiva al CEO del Grupo, Gonzalo Pérez, le quedan cuatro opciones: anunciar la venta, incumplir, impugnar, o renunciar

El Acta de la Junta Directiva del Grupo Sura del pasado 11 de noviembre es el documento clave que pondría en jaque el enroque del Grupo Empresarial Antioqueño (GEA), pues tres de los cinco miembros que votaron dentro del órgano directivo dieron la orden al Presidente de Sura, Gonzalo Pérez, de vender la totalidad de las acciones que tienen de Nutresa en la OPA que se adelanta por IHC Holdings.

Dentro del documento se establece que el pago por el 31,25%, del 35% que tiene de la multilatina de alimentos, deberá ser en dólares, esto significa un valor cercano a los US$2.200 millones; lo que según conceptos pedidos a asesores como Bank of America es una cifra superior al “valor fundamental”, establecido en alrededor de $45.000 por acción. Es decir, 67% por encima del valor entregado por los asesores.

Pese a las dudas que existen sobre la validez del documento de la Junta, pues solo votaron cinco de los siete miembros del órgano rector, que incluyen la carta de Luis Santiago Cuartas, en la que señalan que aprobar la venta con tres votos sería "ilegal y estaría viciada de nulidad", otros directivos también han explicado que existen múltiples oficios de la Superintendencia de Sociedades que explican que cuando hay inhabilidades, el quórum se recompone.

Carta de Luis Santiago Cuartas Tamayo pic.twitter.com/nQfa39mVev

— Grupo SURA (@GRUPOSURA) November 11, 2022

Específicamente se refirieron al Oficio 220-208699 del 24 de noviembre de 2016 que muestra que “en el evento de estar inhabilitado para votar algún miembro de la junta directiva, deberá descontarse su voto del quórum y, si llegare a quedar tan solo un miembro con capacidad para votar, y votaré favorablemente, ese sólo voto será suficiente para considerar aprobada la decisión. Ello en el entendido que los votos que no pueden emitirse por alguna inhabilidad legal, no hacen parte de la base, con fundamento en la cual se calculan tanto el quórum como las mayorías decisorias.”

Otro punto que explican que daría las bases legales para que se selle la venta aprobada está que la renuncia de algunos de los miembros de la Junta no se había radicado aún en la Cámara de Comercio y no habían sido aceptadas por la Asamblea de Accionistas, que se daría hasta el 22 de noviembre.

Además en el Acta, que también fue enviada a la Superintendencia Financiera, se estableció que en la Junta había presentes cuatro de los cinco habilitados para realizar la votación.

Con este panorama se espera que el Presidente del Grupo entregue al mercado el aval de la venta o tome alguno de los tres caminos que le presenta la normativa: incumplir, impugnar o renunciar.

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