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CONSTRUCCIÓN

Constructora de proyecto Aquarela demostrará cálculos de la torre uno

miércoles, 3 de junio de 2020
Foto: Colprensa

Esto, luego de que el Ministerio de Cultura señalara que el edificio violó la altura permitida y es un "monumento a la ilegalidad"

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Ante el pronunciamiento hecho el miércoles 27 de mayo de 2020 por el Ministerio de Cultura y la Procuraduría General de la Nación con base en un estudio adelantado por la Sociedad Colombiana de Ingenieros, SCI, respecto del proyecto Aquarela Multifamiliar VIS; los abogados apoderados de Promotora Calle S.A.S. solicitaron mediante comunicación escrita al alcalde de Cartagena a fin de surtir la contradicción correspondiente en el marco del derecho fundamental al debido proceso.

Al momento, indicaron en un comunicado, a los constructores "no les ha sido dado a conocer el contenido del estudio, ni la metodología empleada por la SCI para llegar a las conclusiones presentadas a la opinión pública por el Ministerio de Cultura y la Procuraduría General de la Nación". Esto, dijeron, es un hecho que "sorprende", en la medida que el 11 de diciembre de 2019 Promotora Calle S.A.S solicitó al Ministerio de Cultura se le informase sobre toda actuación administrativa relacionada con el proyecto Aquarela, desconociendo que en octubre de 2019 la Procuraduría Delegada había ordenado tal estudio.

En línea con las conclusiones del estudio de la SCI dadas a conocer en carta abierta al alcalde de Cartagena, los apoderados de la firma constructora exponen en su comunicación al burgomaestre algunos reparos y consideraciones preliminares sobre el estudio técnico de la SCI, y se solicita al mandatario abstenerse de atender la petición conjunta del Ministerio de Cultura y la Procuraduría General de la Nación, como quiera que son los jueces de la República, a través de sus decisiones en el marco del debido proceso, los encargados de ordenar cualquier fallo sobre la construcción.

Es de anotar que en la actualidad cursan cuatro procesos judiciales en torno al licenciamiento, construcción y posterior suspensión del proyecto, incluyendo una acción popular en la que el Ministerio de Cultura funge como demandante y el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias como demandado y una nulidad simple contra las licencias de construcción, promovida por la Procuraduría General de la Nación, a lo que se suman dos actuaciones administrativas a cargo del Ministerio de Cultura y un procedimiento policivo adelantado por las autoridades Distritales; en cuyo marco Promotora Calle 47 S.A.S. ha ejercido, ejerce y seguirá ejerciendo la defensa técnica y jurídica del proyecto.

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