MI SELECCIÓN DE NOTICIAS
Noticias personalizadas, de acuerdo a sus temas de interés
De acuerdo con el Proyecto (159 de 2014), las personas naturales que incurran en soborno transnacional tendrán prisión de entre nueve y 15 años y una multa de entre 650 y 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, así como inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término.
En tanto, para personas jurídicas, la Superintendencia de Sociedades por medio de un comunicado explicó que podrá imponer multas hasta de 200.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando éstas, por medio de uno o varios de sus empleados o administradores, sobornen a un servidor público.
Este Proyecto de Ley en conclusión busca establecer un régimen administrativo sancionatorio para las personas naturales y jurídicas que incurran en la conducta de soborno transnacional y ajustar y complementar el tipo penal de cohecho contenido en Código Penal.
Además, el mencionado régimen sancionatorio queda a cargo de la Superintendencia de Sociedades para todas las personas jurídicas, así como las personas naturales, a excepción de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera.
Finalmente, el Proyecto también incluye que los beneficios que pueden ser concedidos a quienes colaboren eficazmente en la sanción y señala los medios de asistencia jurídica a los cuales pueden acudir las superintendencias.
La decisión refuerza la seguridad jurídica en los procesos de intervención, al dejar claro que estos trámites deben cumplir etapas regulatorias estrictas
Los Cinco objetivos trazados por Juan Esteban Calle, presidente de Grupo Argos, fueron determinantes para ejecutar las cinco rotaciones en directiva
La calificación reconoce su rol como cabeza de red y centro de referencia de alta complejidad, así como su alianza estratégica con la Universidad de Cartagena