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Así las cosas, las empresas que presten estos servicios deberán presentar un informe detallado a la Supersalud con la dinámica de sus actuaciones en medicina prepagada, planes complementarios, ambulancia prepagada y pólizas de seguros los cuales serán evaluados por dicha entidad.
El plazo para el envío de esta información por parte de todas las empresas vence la segunda semana de enero de 2016, por lo que la Superintendencia se encuentra revisando la información que ya ha sido remitida y está realizando los requerimientos respectivos para que las demás entidades cumplan con el envío oportuno.
De encontrarse incrementos injustificados en las tarifas, las empresas deberán ajustarlas de manera inmediata y proceder a la devolución de los mayores valores cobrados, además de que se aplicarán sanciones económicas e incluso se podrá decretar la suspensión temporal del plan voluntario en el cual se identifiquen irregularidades.
Vale aclarar que este tipo de planes de salud se contratan de manera voluntaria por parte de los usuarios, por ende, no comprometen los recursos que financian el Plan Obligatorio de Salud (POS) y cuentan con beneficios y coberturas diferentes a las previstas en dicho plan.
Con cuatro votos a favor, el Emisor acordó mantener en 9,25% los tipos, este porcentaje lo revisarán en enero del año que viene, cuando estiman que podría aumentar
En Colombia, la UVT se utiliza principalmente para calcular impuestos, sanciones y otros tributos que deben pagar personas naturales y jurídicas
Se establece que el impuesto "se genera por la posesión del mismo al 1 de enero de 2026, cuyo valor sea igual o superior a 40.000 UVT ($1.991 millones)"