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Por fin se está haciendo efectiva una de las promesas del Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo (Pipe) para reactivar al sector industrial que en lo corrido del año hasta septiembre tuvo un comportamiento negativo de 1,6%.
El ministro de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT), Sergio Díaz-Granados, radicó el proyecto de Ley Anticontrabando con el fin de proteger a sectores afectados por este delito. Las penas no solamente contienen una sanción económica, sino también implican cárcel, de esta manera buscan ser más exigentes para frenar este delito.
En privación de libertad hay sanciones hasta por 18 años y pagos máximos de 50.000 salarios mínimos, es decir $29.950 millones.
Algunas cifras que argumentan la deslealtad que promueve el contrabando, según indica Asograsas, es la pérdida en su participación del mercado del 80% a 50%, así como los 6 millones de pares de zapatos que fueron declarados por menos de US$0,60 el año pasado, y el 75% de las 63.000 toneladas de confecciones que ingresaron al país con precios inferiores al promedio internacional.
Según Juan Manuel Lesmes, director de la Cámara de Fedemetal de la Asociación Nacional de Empresarios (Andi), el Gobierno ha encontrado que hay anormalidad hasta del 50% por debajo del precio y por ese han puesto medidas compensatorias en productos como grapas, alambres y herramienta agrícola, entre otros, lo que es muy significativo si se tiene en cuenta que los márgenes del sector son entre 10% y 11%.
Así, no solo se habla de contrabando, sino también de “ahorros” por tasa de cambio, información diferente (subfacturación, sobrefacturación, clasificación arancelaria errónea, acumulación de origen falsa), explica las modalidades de contrabando, así como la evasión de impuestos.
Sobre este último tema, explica el proyecto, se estima que los departamentos pierden $1 billón a causa de la evasión.
Incluso, existirá un nuevo Registro Público de Personas Inhabilitadas para Ejercer el Comercio, el cual estará a disposición de las Cámaras de Comercio y de sus usuarios. Esta reglamentación estaría disponible 90 días después de haber sido sancionada la ley.
Pero además, se incluye al contrabando como uno de los delitos fuente del lavado de activos y la incluye como un agravante del concierto para delinquir.
Por ejemplo, para el contrabando realizado a mercancía por un monto 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes (smmlv) y da cárcel: entre 8 y 12 años, así como una multa que oscila entre 200% y 300% el valor aduanero de la mercancía. Pero entre más cuesta, más gravoso se pone la sanción para el contrabando.
Y si por ejemplo se demuestra que el contrabando sirve para financiar actividades de terrorismo se castiga con cárcel entre 8 y 18 años, con multas que estarían entre 2.700 y 30.000 salarios mínimos o lo que es igual, entre $1.619 millones y $19.970 millones.
Para Luis Gustavo Flórez, presidente de la Asociación Colombiana de Industriales del Calzado, el Cuero y sus Manufacturas (Acicam), esta ley es muy importante pues es un nuevo instrumento complementario a la reestructuración de las aduanas nacionales, “para analizar y hacer que haya una justicia y penalización efectiva para las prácticas que distorsionan el comercio, generan competencia desleal y causan impactos más negativos en la industria”.
Las opiniones
Juan Manuel Lesmes
Director de la Cámara Fedemetal de la Andi
“La Cámara ha solicitado 10 medidas antidumping para enfrentar el contrabando que está causando un daño real a la producción nacional”.
Luis Gustavo Flórez
Presidente de Acicam
“Esta ley es un nuevo instrumento complementario a la reestructuración de aduanas para proteger a la industria nacional del contrabando”.
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