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Rodrigo Lara, Ministro de Interior
Con la nueva medida se busca garantizar la protesta pacífica, y a la vez proteger los derechos de quienes no participan en ella
Hay dos elementos determinantes en el mapa de consumo de los 20 millones de hogares: el primero tiene que ver con la tendencia de compra de carros eléctricos, que podría llegar este año a las 50.000 unidades, y el otro, que en cada bolsillo o cartera de un colombiano hay un celular, lo que quiere decir que debería asumir la máxima responsabilidad y apoyar nuevas hidroeléctricas que garanticen que su vehículo y su teléfono tengan fuentes de carga para todos los días.
El Ministerio del Interior expidió el decreto 1525 del 13 de octubre de 2026 con el cual se actualizó el protocolo de la fuerza pública en el marco de protestas sociales. El documento se expide un día antes de las marchas de la oposición programadas para este miércoles 14 de octubre.
El decreto expedido por el gobierno reglamenta las reglas de juego y actuación de las autoridades durante las manifestaciones públicas. En esencia, busca balancear dos frentes: garantizar la protesta pacífica sin estigmatización, y proteger los derechos de quienes no participan en la movilización, la infraestructura, la movilidad y los servicios esenciales.
Según la nueva medida, el diálogo y la mediación se mantienen de forma continua para la protesta pacífica. Aunque si se detectan delitos o actos violentos desde el inicio (uso de armas, explosivos, agresiones, retención de personas o destrucción de bienes), la Policía puede actuar de forma inmediata y focalizada contra los agresores individuales.
También se establece que no es obligatorio agotar los pasos previos de diálogo para intervenir a quienes ejercen violencia.
Otro punto que se establece es que "ningún derecho fundamental podrá ejercerse de manera que suprima totalmente el ejercicio concurrente de otros derechos". O en otras palabras, ningún derecho fundamental (como la protesta) puede anular totalmente otros derechos (salud, trabajo, movilidad, vida).
Se contempla la protección prioritaria a la misión médica, misiones periodísticas, servidores públicos, niños, niñas, adolescentes y mujeres gestantes.
Se dará por finalizada la fase de diálogo para pasar al restablecimiento del orden si se presentan situaciones como: bloqueo o impedimento al paso de la misión médica o corredores solidarios. También en el caso de presentarse desabastecimiento comprobado de agua, alimentos, medicamentos o combustible; uso de armas de fuego, explosivos, retención de personas o destrucción de infraestructura.
Finalmente se estipula que dentro de las 72 horas siguientes a una marcha con afectaciones, las alcaldías o gobernaciones deben publicar un informe público en su página web sobre heridos, daños, capturas y denuncias por exceso de fuerza.
En un plazo máximo de tres meses, los mandatarios locales deben rendir explicaciones públicas sobre el uso de la fuerza policial o la ocurrencia de daños graves durante las protestas.
"El Alcalde o el Gobernador, según sea el caso, estarán en la obligación de rendir en el menor tiempo posible y en un plazo que no supere los tres meses, una explicación pública satisfactoria, sobre las actuaciones administrativas adelantadas, y sobre las actuaciones de policía relacionadas con el uso de la fuerza", se lee en el documento.
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