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Lo que implica el decreto de conmoción interior
HACIENDA

Las facultades que gana el presidente Gustavo Petro al declarar la conmoción interior

jueves, 23 de enero de 2025

Lo que implica el decreto de conmoción interior

Foto: Gráfico LR

El decreto facultará al presidente en expedir decretos con fuerza de ley, sin su revisión por el Congreso, pero sus poderes estarán auditados por la Corte Constitucional

El país sigue a la espera de la expedición del decreto de conmoción interior, anunciado por el presidente Gustavo Petro y el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo. Si bien se descartó la declaración de la emergencia económica, esta medida le da “poderes” al Mandatario, aunque estará restringido por la Corte Constitucional y el Congreso.

El ministro Cristo dio la línea de lo que abarcará el decreto de conmoción. En principio, dijo que se debe lograr la estabilización inmediata y garantizar la seguridad de la región del Catatumbo ante la ola de violencia, además de aumentar el pie de fuerza y garantizar la inversión social y de infraestructura.

“El estado de conmoción interior tendrá un carácter regional limitado a la región afectada por la operación criminal hecha por el ELN en días pasados.El Gobierno considera que el esta figura es suficiente para adelantar las medidas de carácter humanitario, económico y social y de fortalecimiento de las fuerzas militares y de policía”, explicó Cristo.

El Ministro resaltó la importancia de que haya una coordinación institucional entre el Gobierno Nacional y la Gobernación de Norte de Santander, en conjunto con autoridades municipales que puedan trabajar en apoyo a los desplazados y garantizarles albergue, alimentación y atención a sus necesidades principales. El jefe de la cartera política dijo que desde su administración van a proveer carpas en los municipios de Cúcuta, Ocaña y Tibú.

“El Ministerio de Hacienda tendrá que evaluar las necesidades en materia económica. La figura, contemplada en la Constitución de 1991 permitiría, por ejemplo, que el Gobierno haga traslados presupuestales de los recursos de la Nación y acelere los procesos de contratación necesarios para atender a la población del Catatumbo”, agregó el MinInterior.

Al cierre de esta edición no se había expedido el decreto de conmoción, no obstante, lo anterior son las líneas generales de la normativa.

LOS CONTRASTES

  • Juan Fernando CristoMinistro de Interior

    “Las atrocidades, crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad cometidos por el ELN en el Catatumbo caben en el marco normativo que permite al Gobierno declarar el estado de emergencia”.

  • Fabio PulidoAbogado constitucionalista

    “Aunque la ley le permite crear nuevos tributos, tienen que estar relacionados con la situación que lo llevó a decretar estado de conmoción y justificar la relación que tienen con la crisis”.

Los poderes del Presidente

La figura de conmoción se contempla en el artículo 213 de la Constitución Política, y señala que se puede expedir en caso de “grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado, o la convivencia ciudadana, y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de Policía”.

Esto le da varias facultades al presidente Petro para atender la situación que ocurre en Norte de Santander, por ejemplo, podrá modificar presupuestos para atender esta crisis violenta. Pero, el abogado constitucionalista, Fabio Pulido aclaró que aunque la ley le permite crear nuevos tributos, tienen que estar relacionados específicamente con la situación que lo llevo a decretar el estado de conmoción interior, y justificar la relación que tienen los tributos con la crisis, en este caso la del Catatumbo.

Otra facultad es la de restringir la movilidad, como el toque de queda, cuya medida se implementaría por horarios, dependiendo de la situación actual que vive el Catatumbo. También puede cerrar la frontera, así como el espacio aéreo.

Además, tiene permitido restringir el espacio electromagnético para impactar las comunicaciones de los grupos armados e inhabilitar las tecnologías que usan como los drones, así como emitir decretos con fuerza de ley, pero siempre y cuando no pasen por encima de la autoridad del Congreso.

El mandatario podría remover autoridades de elección popular como gobernadores o alcaldes si estos desobedecen las disposiciones presidenciales u obstaculizan acciones de fuerza pública.

Por último, también podrá restringir a los medios de comunicación para que no publiquen información que ponga en riesgo la vida de los ciudadanos o que incida en el orden público.

El abogado constitucionalista, Andrés Úsuga, aseguró que, de acuerdo con la ley, uno de los alcances claves que tiene este decreto es que le permitirá imponer algunas contribuciones fiscales o parafiscales para una sola vigencia fiscal.

Pero advirtió que el decreto puede ser reprobado por la Corte Constitucional y afirmó que dependerá de cómo el Gobierno sustente la motivación del decreto de la declaratoria. “Por eso tienen esos problemas de la redacción porque les va a quedar difícil invocar lo novedoso o fortuito de la o las situaciones sin que la Corte Constitucional les reproche qué ya eran situaciones consolidadas de tiempo atrás y les declare inexequible el decreto”.

Lo que implica el decreto de conmoción interior
Gráfico LR

Lo que no puede hacer

Es importante mencionar que también hay cosas que no puede hacer el mandatario nacional a propósito del decreto, por ejemplo, tiene prohibido suspender los derechos humanos y las libertades fundamentales, esto haciendo referencia a órdenes dirigidas a la fuerza pública, a la hora de adelantar operativos para retomar el control estatal.

Tampoco podrá interrumpir el normal funcionamiento de las ramas de poder público, y de los órganos del Estado. Esto tiene una extensión pues tampoco tiene facultades para suprimir y modificar las funciones básicas de acusación y juzgamiento.

Cabe señalar que el decreto tendrá un plazo máximo de aplicación de 90 días, no obstante, podrá prorrogarse dos veces, una por solicitud propia del Gobierno y la segunda debe contar con el aval del Congreso. Ambos periodos extras pueden ser de otros 90 días, es decir que el estado de conmoción interior puede extenderse por casi nueve meses.

Fabio Pulido agregó que en caso de una segunda y última prórroga del estado de excepción, debe ser un caso muy excepcional: “si lo extiende es porque la situación de orden público se extendió a otras partes de país y tiene que declarar otro estado de excepción por esa situación”.

Otro punto importante es que todos los decretos que el presidente expide serán revisados por la Corte Constitucional, que determinará si son exequibles, o no, es decir, el alto tribunal puede derogarle las medidas a Petro.

Además, al Congreso se le deben rendir cuentas, y el Gobierno tiene que presentar informes de ejecución al legislativo, que evaluará si se cumple o no con los objetivos del decreto, además que le hará control político.

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