MI SELECCIÓN DE NOTICIAS
Noticias personalizadas, de acuerdo a sus temas de interés
Gobierno lanza plan de alivios tributarios por emergencia invernal
El beneficio más ambicioso es una reducción transitoria de sanciones e intereses para deudas vencidas al 31 de diciembre de 2025
Con el objetivo de recaudar fondos de manera inmediata para atender la crisis climática que golpea a ocho departamentos del país, el Gobierno Nacional reglamentó una serie de beneficios temporales para quienes tengan deudas pendientes con la Dian. Esta estrategia, denominada por el Ejecutivo como un "instrumento de choque fiscal", busca inyectar liquidez al presupuesto nacional a través de la recuperación de cartera morosa.
El beneficio más ambicioso es una reducción transitoria de sanciones e intereses para deudas vencidas al 31 de diciembre de 2025. Quienes realicen el pago total de su impuesto antes del 30 de abril de 2026 podrán acceder a una tasa de interés de solo 4,5% anual y pagar apenas 15% de las sanciones originales. Esta medida también cobija a los "olvidadizos" que no presentaron sus declaraciones a tiempo; ellos podrán ponerse al día antes de la misma fecha sin pagar intereses de mora y con la sanción de extemporaneidad reducida a 15%.
Para las empresas o personas que enfrentan procesos jurídicos o discusiones administrativas con la entidad, el decreto faculta a la Dian para realizar conciliaciones judiciales. Dependiendo de la instancia en que se encuentre el proceso, los contribuyentes podrán ahorrarse hasta 85% de las sanciones e intereses si pagan la totalidad del impuesto discutido antes de que termine junio de 2026.
Cuando el proceso contra una liquidación oficial se halle en segunda instancia ante el Tribunal Contencioso Administrativo o el Consejo de Estado según el caso, se podrá solicitar la conciliación por 80% del valor total de las sanciones y actualización según el caso e intereses a 4,5% anual, siempre y cuando el demandante pague 100% del impuesto en discusión y 20% del valor total de las sanciones, y actualización e intereses a la tasa de 4,5% anual. Se entenderá que el proceso se encuentra en segunda instancia cuando ha sido admitido el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia.
Cuando el acto demandado se trate de una resolución o acto administrativo mediante el cual se imponga sanción dineraria de carácter tributario, aduanero o cambiario, en las que no hubiere impuestos o tributos en discusión, la conciliación operará respecto de 80% de las sanciones actualizadas, para lo cual el obligado deberá pagar en los plazos y términos de este decreto, 20% restante de la sanción actualizada.
Finalmente, la norma abre una ventana para la Normalización Tributaria. Aquellos ciudadanos con activos omitidos o deudas inexistentes podrán legalizar su situación pagando un impuesto único de 19%. Al hacerlo, no solo amplían la base gravable del país, sino que quedan protegidos de futuras sanciones por comparación patrimonial o acciones penales por omisión de activos. El plazo definitivo para este trámite vence el 31 de julio de 2026.
Los departamentos afectados tendrán facultades para reorientar recursos de destinación específica y contratar créditos
En 2025 se presentaron afectaciones por más de 730.000 barriles de combustibles hurtados. En lo corrido de 2026, el impacto ya alcanzó US$18 millones
Las ventas reales de la industria crecieron 1,8% en 2025, impulsadas principalmente por el consumo final, que aumentó 4,2%