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Ante el colapso presentado durante esta semana en los servicios informáticos electrónicos (SIE), la Dian expidió una resolución en la que amplía los plazos para pagar los impuestos.
A través de la Resolución 000152 del 9 de agosto, se establecieron las fechas en las que se restaurará el servicio:
La fecha del restablecimiento de los SIE para la Declaración Virtual y pago de impuesto de Renta y Complementarios de Persona Naturales es el 12 de agosto. Las personas podrán presentar y pagar las declaraciones tributarias, a más tardar, al día siguiente de las fechas arriba relacionadas, sin que haya lugar a sanción por extemporaneidad, ni intereses moratorios.
Por lo tanto, a las personas naturales que se les vencía el plazo el 9 y el 12 de agosto para declarar y pagar renta tienen hasta el 13 de agosto para hacerlo.
El director de la Dian, Juan Ricardo Ortega, explicó que no es necesario presentar el RUT para realizar el pago en los bancos, solo se requiere la cédula de ciudadanía.
La fecha del restablecimiento de los SIE para Declaración Virtual y pago del Gravamen a los Movimientos Financieros – GMF será el 14 de agosto. Por lo que podrán pagar sin sanciones ni intereses el 15 de agosto. Esta fecha también aplica para los obligados a declarar y pagar la retención en la fuente.
Los obligados a pagar la retefuente del Cree tienen hasta el martes 20 de agosto para cumplir con sus obligaciones, sin sanciones ni intereses.
Así mismo, en la Resolución se estableció que los pagos de la retefuente del Cree que se hagan hasta esa fecha a través de los bancos son válidos.
Los demás vencimientos siguen inalterados.
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