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TRANSPORTE

De esta manera operará el aeropuerto El Dorado en Bogotá durante la cuarentena

jueves, 26 de marzo de 2020

En línea con el protocolo impartido por el Gobierno Nacional, el aeropuerto anunció algunas restricciones en su operación

En un comunicado emitido por El Dorado, se especifica que los pasajeros procedentes de vuelos internacionales no pueden ingresar por vía aérea desde el pasado 23 de marzo; la orden se levantará el próximo 21 de abril. Cualquier extranjero que no cumpla con las condiciones dictadas por el Gobierno Nacional no podrá ingresar al país, y Migración Colombia podrá negar el acceso según crea conveniente.

Respecto a los vuelos nacionales, al igual que los internacionales, están restringidos desde las cero (00:00) horas del pasado 23 de marzo, y volverán a operar una vez haya finalizado la cuarentena el próximo 13 de abril. La restricción aplica para vuelos comerciales tanto en llegadas como en salidas.

Para el transporte de carga, el protocolo establece que los vuelos internacionales y nacionales podrán transportar bienes de primera necesidad solamente en compañía de tripulantes, personal técnico y directivo, y acompañantes de empresas de carga aérea que cumplan con los parámetros establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social y de la Aeronáutica Civil.

Existe también una excepción a la restricción de los vuelos, la cual solo se puede dar por emergencia humanitaria, caso fortuito o fuerza mayor que cuente con previa autorización de la Aeronáutica Civil y de Migración Colombia.

A continuación encontrará una lista de las actividades exentas del aislamiento preventivo relacionadas con El Dorado, y emitidas por el aeropuerto:

-Servicios de salud públicos y privados administrativos, operativos y técnicos.

-Servicios de emergencia.

-Contratistas del Estado delegados para prevenir y mitigar emergencias sanitarias relacionadas con el Covid-19.

-Misiones diplomáticas o consulares acreditadas por el Estado, y relacionadas solamente con la emergencia.

-Revisión y atención de emergencias y obras de infraestructura que no pueden postergarse.

-Actividades que garanticen la operación aérea.

-Funcionamiento de centros de llamadas y centros de soporte técnico a lo largo del territorio nacional.

-Servicios bancarios y financieros, operadores postales de pago, transporte de valores y notariales.

- Funcionamiento de la prestación de servicios de vigilancia y seguridad privada, así como empresas que presten servicios de limpieza en edificios públicos.

-Mantenimiento indispensable de empresas que por su naturaleza de proceso productivo no pueden suspender sus actividades.

-Actividades de operadores de pago de salarios y sistema de seguridad social y protección.

El aeropuerto cerró su comunicado al expresar que "El Dorado reitera una vez más su total apoyo y compromiso al Gobierno Nacional, Distrital y demás entidades para la mitigación del COVID-19 en Colombia y en el mundo".

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