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La Corte Constitucional respaldó el artículo 202 del Decreto Ley 019 más conocida como ley anti trámites, que estableció la revisión técnico mecánica de los vehículos nuevos a partir del sexto año.
La norma había sido demandada porque supuestamente violaba los derechos de la sociedad a gozar de un ambiente sano, sin embargo la Corte subrayó que la norma no va en contra de la Constitución y está ajustada a las normas que rigen el tránsito y transporte de Colombia.Con esta decisión de la Sala Plena, se retoma la exigencia del certificado para los vehículos recién salidos de fábrica, que había sido suspendida mientras se definía la situación. En ese sentido los propietarios de vehículos deberán volver a acudir a los centros de diagnóstico automotor (CDA).
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