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ECONOMÍA

Animales, leche, huevo y armas, entre los bienes exentos y excluidos del IVA

miércoles, 19 de octubre de 2016
Foto: Colprensa
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Jhon Guzmán Pinilla

En los bienes exentos el Estatuto dice que están los artículos que no pagan impuestos sobre las ventas, con derecho a compensación y devolución.

Entre estos se destacan los animales vivos de la especie bovina, excepto los de lidia; pollos de un día de nacidos; carne de animales de la especie bovina, fresca o refrigerada; carne de animales de la especie bovina, congelada; carne de animales de la especie porcina, fresca, refrigerada o congelada; despojos comestibles de animales de diferentes especies; leche y nata; queso fresco; huevos de gallina, fecundados y frescos; fórmulas lácteas para niños de hasta 12 años, entre otros artículos.

Además, en el documento del Estatuto se encuentran alcohol carburante y biocombustible de origen vegetal.

Por su parte, los excluidos son los que se encuentran en el artículo 424 y son los que se hallan excluidos y por consiguiente su venta o importación o causa el impuesto sobre las rentas.

En esta categoría se nombran algunos como animales vivos, zanahorias, cebollas, cocos, manzanas, melones, café en grano sin tostar, semillas de cilantro para la siembra, trigo, arroz, maíz, caña de azúcar, cacao en grano, cebada, equipos para infusión de sangre y otros más.

Ahora bien, las tarifas que rigen para estos productos según el documento es sin tarifa, o por decirlo de otra manera con tarifa de 0%. Vale la pena recordar que los productos que no están exentos o excluidos del IVA tienen una carga de 16%, que es la tarifa general. Luego vienen otras tarifas de 1,6%, 10% y 11%, para artículos determinados.

A continuación la lista de todos los productos que están exentos y excluidos nombrados en el Estatuto Tributario:

Bienes exentos del IVA:

01.02

Animales vivos de la especie bovina, excepto los de lidia.

01.05.11.00.00

Pollitos de un día de nacidos.

02.01

Carne de animales de la especie bovina, fresca o refrigerada.

02.02

Carne de animales de la especie bovina, congelada.

02.03

Carne de animales de la especie porcina, fresca, refrigerada o congelada.

02.04

Carne de animales de las especies ovina o caprina, fresca, refrigerada o congelada.

02.06

Despojos comestibles de animales de las especies bovina, porcina, ovina, caprina, caballar, asnal o mular, frescos, refrigerados o congelados.

02.07

Carne y despojos comestibles, de aves de la partida 01.05, frescos, refrigerados o congelados.

02.08.10.00.00

Carnes y despojos comestibles de conejo o liebre, frescos, refrigerados o congelados.

03.02

Pescado fresco o refrigerado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida 03.04.

03.03

Pescado congelado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida 03.04. Excepto los atunes de las partidas 03.03.41.00.00, 03.03.42.00.00 y 03.03.45.00.00.

03.04

Filetes y demás carne de pescado (incluso picada), frescos, refrigerados o congelados.

03.06.16.00.00

Camarones y langostinos y demás decápodos Natantia de agua fría, congelados.

03.06.17

Los demás camarones, langostinos y demás decápodos Natantia, congelados .

03.06.26.00.00

Camarones y langostinos y demás decápodos Natantia de agua fría, sin congelar.

03.06.27

Los demás camarones, langostinos y demás decápodos Natantia, sin congelar.

04.01

Leche y nata (crema), sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante.

04.02

Leche y nata (crema), concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante.

04.06.10.00.00

Queso fresco (sin madurar), incluido el lactosuero, y requesón

04.07.11.00.00

Huevos de gallina de la especie Gallusdomesticus, fecundados para incubación.

04.07.19.00.00

Huevos fecundados para incubación de las demás aves

04.07.21.90.00

Huevos frescos de gallina

04.07.29.90.00

Huevos frescos de las demás aves

19.01.10.10.00

Fórmulas lácteas para niños de hasta 12 meses de edad , únicamente la leche maternizada o humanizada.

19.01.10.99.00

Únicamente preparaciones infantiles a base de leche.

Bienes excluidos del IVA:

01.03

Animales vivos de la especie porcina.

01.04

Animales vivos de las especies ovina o caprina.

01.05

Gallos, gallinas, patos, gansos, pavos (gallipavos) y pintadas, de las especies domésticas, vivos.

01.06

Los demás animales vivos.

03.01

Peces vivos, excepto los peces ornamentales de las posiciones 03.01.11.00.00 y 03.01.19.00.00

03.03.41.00.00

Albacoras o atunes blancos

03.03.42.00.00

Atunes de aleta amarilla (rabiles)

03.03.45.00.00

Atunes comunes o de aleta azul, del Atlántico y del Pacífico

03.05

Pescado seco, salado o en salmuera, pescado ahumado, incluso cocido antes o durante el ahumado, harina, polvo y «pellets» de pescado, aptos para la alimentación humana.

04.04.90.00.00

Productos constituidos por los componentes naturales de la leche

04.09

Miel natural

05.11.10.00.00

Semen de Bovino

06.01

Bulbos, cebollas, tubérculos, raíces y bulbos tuberosos, turiones y rizomas, en reposo vegetativo, en vegetación o en flor, plantas y raíces de achicoria, excepto las raíces de la partida 12.12.

06.02.20.00.00

Plántulas para la siembra, incluso de especies forestales maderables.

07.01

Papas (patatas) frescas o refrigeradas.

07.02

Tomates frescos o refrigerados.

07.03

Cebollas, chalotes, ajos, puerros y demás hortalizas aliáceas, frescos o refrigerados.

07.04

Coles, incluidos los repollos, coliflores, coles rizadas, colinabos y productos comestibles similares del género Brassica, frescos o refrigerados.

07.05

Lechugas (Lactuca sativa) y achicorias, comprendidas la escarola y la endibia (Cichoriumspp.), frescas o refrigeradas. .

07.06

Zanahorias, nabos, remolachas para ensalada, salsifies, apionabos, rábanos y raíces comestibles similares, frescos o refrigerados.

07.07

Pepinos y pepinillos, frescos o refrigerados.

07.08

Hortalizas de vaina, aunque estén desvainadas, frescas o refrigeradas.

07.09

Las demás hortalizas, frescas o refrigeradas.

07.12

Hortalizas secas, incluidas las cortadas en trozos o en rodajas o las trituradas o pulverizadas, pero sin otra preparación.

07.13

Hortalizas de vaina secas desvainadas, aunque estén mondadas o partidas. I

07.14

Raíces de yuca (mandioca), arrurruz o salep, aguaturmas (patacas),camotes (batatas, boniatos) y raíces y tubérculos similares ricos en fécula o inulina, frescos, refrigerados, congelados o secos, incluso troceados o en «pellets», médula de sagú.

08.01.12.00.00

Cocos con la cáscara interna (endocarpio)

08.01 .19.00.00

Los demás cocos frescos

08.03

Bananas, incluidos los plátanos «plantains», frescos o secos.

08.04

Dátiles, higos, piñas (ananás), aguacates (paltas), guayabas, mangos y mangostanes, frescos o secos.

08.05

Agrios (citricos) frescos o secos.

08.06

Uvas, frescas o secas, incluidas las ¡::Jasas.

08.07

Melones, sandías y papayas, frescos.

08.08

Manzanas, peras ~ membrillos, frescos.

08.09

Damascos (albaricoques, chabacanos), cerezas, duraznos (melocotones) (incluidos los griñones nectarines), ciruelas y endrinas, frescos.

08.10

Las demás frutas u otros frutos, frescos

09.01.11

Café en grano sin tostar, cáscara y cascarilla de café.

09.09.21.10.00

Semillas de cilantro para la siembra.

10.01.11.00.00

Trigo duro para la siembra.

10.01.91.00.00

Las demás semillas de trigo para la siembra.

10.02.10.00.00

Centeno para la siembra.

10.03

Cebada.

10.04.10.00.00

Avena para la siembra.

10.05.10.00.00

Maíz para la siembra.

10.05.90

Maíz para consumo humano.

10.06

Arroz para consumo humano.

10.06.10.10.00

Arroz para la siembra.

10.06.10.90.00

Arroz con cáscara (Arroz Paddy).

10.07.10.00.00

Sorgo de grano para la siembra.

11.04.23.00.00

Maíz trillado para consumo humano.

12.01.10.00.00

Habas de soya para la siembra.

12.02.30.00.00

Maníes (cacahuetes, cacahuates) para la siembra.

12.03

Copra para la siembra.

12.04.00.10.00

Semillas de lino para la siembra.

12.05

Semillas de nabo (nabina) o de colza para siembra.

12.06.00.10.00

Semillas de girasol para la siembra.

12.07.10.10.00

Semillas de nueces y almendras de palma para la siembra.

12.07.21.00.00

Semillas de algodón para la siembra.

12.07.30.10.00

Semillas de ricino para la siembra. I

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