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Analistas 04/08/2017

Servicio militar: conscripción vs. profesionalización

Sergio Clavijo
Prof. de la Universidad de los Andes

El gobierno de Colombia se ha venido debatiendo entre si mantener el absurdo sistema de “conscripción militar” o volcarse sobre la profesionalización voluntaria de las fuerzas armadas. Aunque a nivel teórico diversos Ministros de Defensa han expresado su preferencia por la profesionalización, la apretada situación fiscal los ha llevado a tener que postergar la idea.

Durante 2017, se expidieron reglamentaciones que redujeron de 24 a 18 meses el servicio militar obligatorio y también se abrieron algunas opciones de “prestación de dicho servicio” bajo formatos más flexibles de “servicio civil” (Art. 13 de la ley 189 de 2016). Estas reglamentaciones van en la dirección correcta y complementan reglamentaciones de mayo de 2016 (Ley 189), a través de las cuales se redujo la edad de prestación del servicio de 28 años a 24. Esto significa que los jóvenes en edades de 24-28 años pudieron vincularse al mercado laboral sin los requerimientos de haber obtenido su libreta militar (que en el pasado exigía pagar onerosas cuotas al Estado, especialmente para los estratos medios).

Interesantemente, un estudio reciente de Villa (2017) documenta y realiza pruebas econométricas evaluando el impacto de este tipo de regulaciones por segmentos y género. Allí encontró que han sido contraproducentes, para el propósito de la participación laboral de estos jóvenes, los sistemas de “conscripciones militares”, así se hayan aliviado dichas regulaciones recientemente.

Esta evidencia empírica refuerza entonces las ideas que ha venido expresando Anif sobre la importancia de profesionalizar la fuerza militar. En efecto, como es sabido, el complejo caso contempla, a nivel internacional, las siguientes opciones: i) todos deberían prestar servicio militar obligatorio; ii) algunos deberían ir a dicho servicio si fueran seleccionados por “lotería”; o iii) solo deberían ir aquellos que “voluntariamente” quieran hacerlo y el resto debería pagar un impuesto.

Frente a estas opciones, el filósofo Sandel ha mencionado que la opción iii) es inequitativa y antiética, pues premia a los ricos y castiga a los pobres; en particular, Sandel observa que en EE.UU. esa opción representa un gran castigo para los negros y los latinos inmigrantes que buscan el “sueño americano” teniendo que vincularse al ejército.

Lo curioso, es que la opción i) ha sido prácticamente abolida en el mundo, salvo en países con permanentes amenazas en su seguridad externa, como Israel. La opción ii) es la que más se continúa aplicando en Colombia. Esta opción es claramente sub-óptima frente a la opción iii), que se ha vuelto la práctica común de países en paz. ¿Será que todo el mundo se ha vuelto loco y antiético, salvo por los seguidores de Sandel? Analicemos cómo el caso de Colombia debería virar más rápido.

Recordemos que la Ley 48 de 1993 estableció la obligatoriedad del servicio militar para los varones a partir de los 18 años y que la Ley 189 del 2016 la ubicó en la franja 18-24 años. Aquellos que, estando habilitados, no ingresaran a las filas militares estarían sujetos a la llamada “cuota de compensación”. El art. 22 de la Ley 48 de 1993 le dio poderes al Gobierno para determinar valores y condiciones de esta cuota, a partir de ingresos y patrimonio familiar. Sin embargo, el 14 de agosto de 2007, la Corte Constitucional declaró inexequible el artículo, argumentando la violación del principio de legalidad tributaria. Así, el Estado dejará de recibir cerca de $75.000 millones anuales, afectando cerca de 1% de los gastos de defensa.

Mas allá del tema de “poderes”, se ha planteado un dilema entre el actual esquema y el voluntario. La experiencia internacional es ilustrativa. Por ejemplo, EE.UU. decidió abolir, hace más de 30 años, el obligatorio. En dicho debate jugó un papel central la posición del premio Nobel de Economía Milton Friedman, quien argumentó que el óptimo consistía en crear un ejército de profesionales, bien mantenido y con incentivos claros, mientras el resto de la sociedad debería pagar para sostenerlo. Holanda, Bélgica y, más recientemente, Francia (1997) han avanzado en esta dirección. Alemania, Italia y Portugal mantienen el obligatorio, pero este representa menos de 15% del pie de fuerza. En América Latina se tiene que Argentina, Uruguay y Nicaragua han avanzado hacia la eliminación.

La sociedad está en la obligación de proveerle a la Fuerza Pública las mejores condiciones e incentivos adecuados para que allí llegue el capital humano que se requiere. Colombia, paradójicamente, tiene desde hace más de tres décadas la necesidad de capturar mejores cerebros y estrategas para su ejército, pero no había provisto los incentivos “de carrera” para lograrlo. En los últimos 15 años se han hecho algunos progresos, pero todavía se tiene una brecha, especialmente a nivel de dirigencia. Cabe destacar la creación de la figura de soldado voluntario (1992) y la promulgación del Estatuto del Soldado Profesional (2000), lo que hizo posible incrementar el pie de fuerza profesional, especialmente en años recientes (ver gráfico). No obstante, el componente de conscriptos regulares todavía explica más de 40% de las fuerzas y no conforma una base adecuada para derrotar a la delincuencia organizada. Además, debe solucionarse pronto el principio de antigüedad que continúa generando el descabezamiento prematuro del Alto Comando.

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