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Analistas 22/02/2016

Reforma Tributaria Estructural

Sergio Clavijo
Prof. de la Universidad de los Andes
La República Más
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Tras la divulgación del útil reporte de la Comisión de Expertos Tributarios (CET), los analistas nos hemos dado a la compleja tarea de tratar de estimar cuánto podría aportar una reforma tributaria estructural como la allí esbozada. En una primera corrida, Anif encontró que ella podría llegar a aportar cerca de 2% del PIB por año de nuevo recaudo, cuando quiera que ella quede totalmente implementada en el curso del período 2016-2018.  De ser así, la relación Recaudo Tributario/PIB podría elevarse del 14% esperado para 2016 hacia cerca del 16% para 2018.

Sin embargo, llegar a dicha meta encierra tres grandes desafíos: i) por un lado, debe balancearse muy bien la propuesta de incremento gradual de la tasa general del IVA, pasando del 16% al 19%, con las “compensaciones” que deberán darse a los estratos más bajos a través de incrementar el programa de “Familias en Acción” (estimadas por Anif en 0,1% del PIB) en lo relativo al encarecimiento de la “canasta básica” en segundas vueltas, aún si no se altera el gravamen más allá del 65% de la canasta básica hoy vigente; ii) deberá medirse muy bien el incremento adicional esperado en el recaudo de los hogares (resultante de subir la curva del Iman en 3 puntos porcentuales), para así abrir espacio para reducir el Imporrenta de las firmas del 45% hacia el 30%-35%; y iii) deben afinarse bien los cálculos en lo relativo a la ganancia esperada en formalización transaccional por cuenta del marchitamiento del 4x1.000 estipulado en la Ley 1739 de 2014 (no propuesto por la CET, pero sí por Anif) y lo concerniente a la devolución del pago del IVA de maquinaria importada. Esta última sugerida por la CET al 100% frente al actual 12,5% (= 2% devolución IVA / 16% tarifa general).  El problema es que las propias estimaciones de la CET indican que ello implicaría un “sacrificio tributario” hasta de 0,6% del PIB por año.

Sobre el marchitamiento del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), cabe recordar que Santos I aprobó su desmonte gradual a través de la Ley 1430 de 2010, lo cual implícitamente apuntaba en la dirección de ir sustituyendo ese recaudo de 0.6% del PIB proveniente del ITF (en ese entonces) a través de mayor formalización financiera. Sin embargo, y de forma algo desconcertante, ese marchitamiento se postergó para el período 2019-2022 (fuera del alcance de las Administraciones Santos I-II), a través de la Ley 1739 de 2014.

Infortunadamente, la CET no ahondó en este delicado tema y concluyó que, al ser de fácil recaudo, debía mantenerse el ITF, sin evaluar el drenaje que le hace al recaudo del IVA y del Imporrenta. Anif ha mencionado que bastaría una ganancia del 10% en la eficiencia de esos dos recaudos para compensar totalmente el recaudo del ITF y que la forma de lograrlo es forzando por la vía legal a que solo se acepten descuentos tributarios en pagos que dejen “huella en transabilidad financiera”. De esta manera, los cruces contables de la Dian se facilitarían y la eficiencia de esos tributos se incrementaría de forma marcada, especialmente si se acelera la implementación de la “factura electrónica”, como lo ha venido sugiriendo Anif. 

Por último, cabe señalar que, durante 2016-2018, se estará sintiendo en Colombia una gran tensión fiscal, como bien lo acaba de advertir la calificadora S&P al ponernos en “perspectiva negativa”.  De una parte, es evidente la desaceleración económica (causando menor recaudo por cerca del 1% del PIB) y, de otra parte, la implementación de dicha reforma tributaria estructural será gradual hasta llegar a ese incremento del 2% del PIB en 2018.  Esto implicará que la relación Deuda Pública/PIB se irá elevando del 40% en 2015 hacia 45%-50% hacia el 2020 y, por lo tanto, el gobierno deberá adoptar complementariamente reformas pensionales y laborales para evitar mayores desbordes fiscales.
 

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