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Analistas 18/07/2023

La Reforma a la Ley 30 de 1992

Luis Fernando Múnera Congote
S.J., Rector Universidad Javeriana

La ley 30 de 1992 transformó y modernizó el sistema de educación superior colombiano, desde la última década del siglo pasado. Allí se introdujeron figuras novedosas para su época como el Sistema Nacional de Acreditación, las tipologías institucionales y la clarificación de los niveles educativos. También se avanzó de manera importante en la organización interna y estructuras de gobierno de las Instituciones de Educación Superior (IES) y en la salvaguardia de la autonomía universitaria, garantía que había sido consagrada en la Constitución de 1991.

Pero, así como el mundo ha cambiado de manera significativa en los últimos 30 años, el sistema de educación superior colombiano ha evolucionado, fruto del avance natural del conocimiento y de las realidades sociales y políticas del país. La nueva normativa deberá entonces reconocer adecuadamente dichas transformaciones y servir de plataforma para continuar desarrollando el ecosistema de educación superior, acorde con los tiempos y retos actuales.

Conviene precisar que no se trata de generar un “borrón y cuenta nueva”. Se tratará de “construir sobre lo construido”, así esto suene hoy en día a una frase de cajón. La Ley 30 de 1992 es una muy buena ley, de ello da cuenta su vigencia, pero requiere ajustes y actualizaciones.

¿Qué debería tener?

El reconocimiento de un sistema de educación superior mucho más complejo, diverso y rico en tipologías institucionales, modalidades educativas, objetivos y formas de hacer educación superior. Las realidades de la educación superior, las expectativas de los jóvenes, lo requerido por la sociedad y el mundo del trabajo, han desbordado la normativa actual. Por ejemplo, se requieren diferenciar claramente la educación postsecundaria y la educación superior; reconocer verdaderamente la formación a lo largo de la vida; generar valoraciones, fomento y fortalecimiento equitativo entre instituciones públicas y privadas. Reconocer que el sistema mixto colombiano (oficial y privado) es un patrimonio de la nación, que es parte de nuestra historia y ha contribuido a la construcción y desarrollo del país.

Participación de diferentes sectores sociales (sectores productivos, sociedad civil, gremios) en las agencias y organismos del estado para el aseguramiento de la calidad (CNA, Conaces) que permitan miradas más plurales y diversas de la calidad en educación superior, más sustantivas y menos instrumentales. Existen experiencias y modelos internacionales en este campo.

Repensar a fondo las fuentes de financiación de la educación superior en Colombia. Todas las IES deben tener aseguradas fuentes de financiación, públicas y privadas, para beneficio de la sociedad en general. La educación y la generación de conocimiento deben ser una gran apuesta en términos de PIB. La reforma al Icetex y a Findeter son necesarias.

La reforma debe diferenciar, de fondo, las funciones de política pública de orientación y fomento de la educación superior y las funciones de inspección y vigilancia. La integración actual de ambas funciones no es positiva. No obstante, es importante señalar que esta propuesta, no aboga por una superintendencia de educación superior. En este sentido, la nueva ley de educación superior debe mantener y profundizar el respeto a la garantía constitucional de la autonomía universitaria. Asegurar la “ecuación”: buen gobierno universitario + ejercicio responsable de la autonomía = menos control estatal.

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