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Dichos registros operan para los comerciantes, entidades sin ánimo de lucro, proponentes y prestadores de servicios turísticos.
En este sentido, las tarifas se ajustaron para personas naturales y jurídicas con un rango de activos menor o igual a $1,4 millones hasta un rango de activos de $644.856 millones en adelante.
La vicepresidenta de Registros Públicos de CCP, Luz Enid Briceño, explicó que con relación al Impuesto de Registro Departamental que se debe pagar a la Gobernación de Risaralda, sobre ciertos actos y documentos sujetos a inscripción en la Cámara de Comercio, se presentan las siguientes tarifas: para el registro de los actos con cuantía tales como constituciones, compraventas o aumentos de capital, el porcentaje es del 0,7% sobre el valor del acto y para el registro de los actos sin cuantía como nombramientos, reformas estatutarias, entre otros, la tarifa es de $73.800.
“Hay que recordar que este Impuesto de Registro Departamental presenta para esta vigencia una disminución en el cobro de su tarifa, esto por el no cobro de la estampilla Pro-Desarrollo de acuerdo a la sentencia proferida el 30 de noviembre por la Sala Tercera del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Risaralda”, explicó Briceño.
Durante una intervención ante la Comisión Séptima, Jaime Beltrán, ministro de Vivienda, señaló que los $700.000 millones previstos hasta ahora no serían suficientes para el proceso de recuperación
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