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Minera Glencore apelará resoluciones y multas que emitió la Supersociedades

lunes, 6 de febrero de 2012
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María Gladys Escobar

Bogotá_Voceros de la minera suiza Glencore mostraron su inconformismo con las decisiones de la Superintendencia de Sociedades, la cual emitió resoluciones en su contra exigiéndole que se registrara como grupo empresarial.

En una comunicación señalaron que la empresa, una vez recibió la solicitud de información por parte de la entidad, de forma inmediata realizó el trámite para registrar el grupo empresarial en Colombia de acuerdo con las normas aplicables. Sin embargo, las directivas aclararon que las resoluciones mediante las cuales se le imponen una serie de multas, que ascienden a $500 millones, serán apeladas.

En su respuesta precisan que la compañía considera importante resaltar que la Superintendencia no ha sancionado otros grupos en el país que son más grandes que Glencore y que no han hecho su registro respectivo, mientras que sí le impuso una multa por la demora para registrar a su conglomerado.

Precisaron, que las sanciones por la demora si bien son aplicables, resultan mayores a las establecidas a otras compañías que no hicieron el registro, siquiera de manera extemporánea.

Según las resoluciones de la Superintendencia , CI Dalima Holding SAS, la casa matriz de la minera Glencore, no constituyó en el tiempo estipulado a CI Prodeco S.A., Carbones de la Jagua, Consorcio Minero Unido, Carbones del Tesoro y la Sociedad Portuaria Puerto Nuevo.

Para el superintendente de Sociedades, Luis Guillermo Vélez, es vital hacer vigilancia a todas estas situaciones en que puede haber causales para que se conformen grupos empresariales y, por esto, ha redoblado la supervisión de sectores como el minero energético y de exportaciones, que son críticos en materia societaria.

Expertos consultados consideran que en la lista de mineras que tienen varias compañías que las podrían perfilar como grupo empresarial también se encuentran Cerrejón, Drummond y Vale.

Los nuevos lineamientos de la Superintendencia han llevado a que se aplique con mayor rigor el artículo 30 de la Ley 222 de 1995, donde se establece la obligatoriedad de inscripción del registro mercantil cuando se configura una situación de control por parte de una sociedad. De acuerdo con lo estipulado en los artículos 260 y 261 del Código de Comercio, cuando se configure una situación de control, la sociedad controlante lo hará constar mediante un documento privado que deberá presentarse para su inscripción en el registro mercantil.

Siguen los problemas con Pacific Rubiales
Cabe recordar que actualmente existe un enfrentamiento de la Superintendencia de Sociedades con la petrolera canadiense Pacific Rubiales Energy por considerar que no está aplicando como debiera la norma de grupos empresariales. En días pasados, el abogado de la petrolera, el penalista Jaime Lombana, dijo que demandaría al superintendente de Sociedades, Luis Guillermo Vélez, por predisponer actos contra la firma. La Superintendencia la investiga porque la firma tiene numerosos empresas que se consideran están bajo su control pero que no ha reportado.

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