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El Gobierno busca que las entidades estatales puedan llegar a acuerdos de pago para sanear sus deudas
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió el Decreto 642 mediante el cual se dan los parámetros generales que deben seguir las entidades públicas para el reconocimiento de su deuda pública y el pago de las sentencias.
El emisión del documento se da luego de que en el Plan Nacional de Desarrollo quedó pactado que la Nación podrá reconocer como deuda pública las obligaciones de pago originadas en sentencias o conciliaciones debidamente ejecutoriadas y los intereses derivados de las mismas, que se encuentren en mora en su pago a la fecha de expedición de la presente Ley.
No obstante, según establece la norma, "este reconocimiento operará exclusivamente para las entidades que hagan parte del Presupuesto General de la Nación y por una sola vez".
Frente a esto, el Ministerio de Hacienda dio los pararemos para establecer quienes y cómo se puede llevar a cabo este proceso. Así, se estableció que, en principio, que podrá acceder "toda aquella entidad que forma parte del Presupuesto General de la Nación y respecto de la cual se hubiere generado una obligación de pago cuya naturaleza provenga de una conciliación o sentencia judicial debidamente ejecutoriada".
Es por eso que se dio el aval para que dentro de los treinta (30) días
calendario siguientes a la entrada en vigencia del documento, cada entidad estatal contactará directamente mediante comunicación oficial a los beneficiarios Finales y/o apoderados con el objeto de invitarlos a celebrar acuerdos de pago.
Esto se da con el objetivo de sanear las deudas o conciliar el proceso para establecer acuerdos entre las partes.
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