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Así lo señaló el subdirector de Gestión de Fiscalización Internacional de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), José Alejandro Mejía Giraldo, al referirse que estas personas deberán presentar declaración del impuesto de renta directamente o a través de su representante.
“Anteriormente, los contribuyentes que enajenaban su inversión presentaban la declaración en un formulario de Renta personas jurídicas (Formulario 110) o en un formulario de renta para Personas Naturales (Formulario 210). Igualmente tenían que presentar la declaración de manera litográfica, ya que de manera virtual no era factible”, agregó el subdirector de Gestión de Fiscalización Internacional.
En la declaración de renta por cambio de la titularidad de la inversión extranjera se presentará una declaración por cada operación o transacción realizada, al mes siguiente de la operación. Para el caso esta declaración, se presentará través del representante, agente o apoderado en Colombia.
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