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TRANSPORTE

Acdac interpuso una segunda tutela contra convocatoria al Tribunal de Arbitramento

viernes, 20 de octubre de 2017

Los aviadores piden designar un Ministro de Trabajo Ad Hoc, porque consideran que se han presentado actos de parcialidad.

Melisa Echeverri

El Ministerio del Trabajo fue notificado ayer de una segunda acción de tutela contra la Nación- Ministerio del Trabajo que interpuso Marco Tulio Lopera y 55 aviadores pertenecientes a la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (Acdac) por la expedición de la Resolución 3744 del 28 de septiembre de 2017, por medio de la cual se convocó a un Tribunal de Arbitramento con el objetivo de dirimir el conflicto laboral entre este sindicato y la aerolínea.

La acción fue radicada en el despacho del magistrado John Jairo Álzate López del Tribunal Administrativo de Antioquia, con el fin de que les sea amparada la protección inmediata de los derechos constitucionales al trabajo y al salario en condiciones dignas y justas, a la asociación sindical y al derecho de igualdad de los pilotos al servicio de Avianca.

Adicional, estos aviadores piden que se designe un Ministro de Trabajo Ad Hoc, porque consideran que se han presentado actos de parcialidad por parte del Ministerio del Trabajo en cabeza de la Ministra, por la supuesta extralimitación en el ejercicio de sus funciones.

En la primera tutela interpuesta por Acdac, donde se argumentan los mismos hechos y pretensiones, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló negando la acción constitucional y allí se destaca que la Resolución 3744 del 28 de septiembre de 2017 no amenaza los derechos fundamentales de la asociación, al considerar que el Ministerio del Trabajo aplicó la normatividad vigente y relativa al procedimiento que debe llevarse a cabo cuando existan conflictos colectivos y estos afecten la prestación de un servicio público esencial.

Así mismo este despacho judicial expuso sobre la convocatoria al Tribunal de Arbitramento que: “el Acto Administrativo se encuentra ajustado a la legalidad y a lo dispuesto por el Tribunal Superior de Bogotá, donde mediante sentencia proferida el 6 de octubre de 2017, declaró la ilegalidad de la huelga promovida por ACDAC”.

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