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  • Laura Lucía Becerra Elejalde

viernes, 20 de octubre de 2017

Despacho negó registro de una marca figurativa parecida al logo de la casa de moda

Existen compañías que se han posicionado a lo largo del tiempo en el mercado y que gracias a su imagen han logrado consolidar un emporio comercial. En diferentes sectores es posible ver casos de éxito, pero uno de los más lucrativos se encuentra en los negocios de la alta costura.

La casa de modas del diseñador italiano Giorgio Armani es una de las más importantes a nivel mundial, pues desde 1975 se ha posicionado como una de las preferidas para la vestimenta masculina en círculos sociales selectos.

La marca del diseñador italiano figuró en 2012 en el puesto 97 de las más valoradas a nivel mundial según Forbes, y por ello, no es de extrañar que la compañía se opusiera al registro de una marca que se asemejaba a su logo en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

En abril de este año, Giovanni Castrillón Villa solicitó ante la Dirección de Signos Distintivos de la SIC el registro de una imagen de un águila dorada en fondo negro. Con ella, Castrillón quería identificar productos en la clase 25 de Niza, en la que aparecen prendas de vestir y otros bienes relacionados.

La defensa de Armani argumentó ante el despacho que Giorgio Armani era una marca mundialmente reconocida y que la imagen solicitada debía negarse porque contenía una figura de un ave rapaz muy similar a la utilizada desde hace varias décadas por la compañía de ropa, pues en el logo, el animal tenía un diseño semejante en las alas, atravesado por líneas horizontales, y con la cabeza orientada hacia la misma dirección que la figura de Armani.

Adicionalmente, el opositor indicó que en ambos casos, las figuras son los elementos preponderantes en cada uno de los signos, por tamaño y ubicación. Frente a esto, indicó que el riesgo de confundir los logos se acrecentaba debido a que los productos que identificaban las marcas correspondía a la misma clase y se relacionaban en el comercio.

Con estos argumentos, el director de Signos Distintivos de la SIC, Juan Manuel Serrano, decidió, por medio de la Resolución N° 65983, declarar fundada la oposición presentada por la empresa de origen italiano y negó la solicitud de Castrillón, al encontrar que las marcas figurativas poseían las mismas estructuras y características, por lo que podrían confundirse.

LOS CONTRASTES

  • Álvaro Ramírez BonillaFundador & CEO de BR Latin America IP LLC

    “La decisión de la SIC es acertada, ya que las semejanzas entre ambos signos son evidentes, generando riesgo de confusión por parte de los consumidores y afectando los derechos del titular de otra marca”.

Álvaro Ramírez Bonilla, fundador & CEO de BR Latin America IP LLC, coincidió con la determinación de la Dirección y resaltó que la decisión que tomó la SIC cuando declaró fundada la oposición fue correcta, debido a que “las semejanzas entre ambos signos son evidentes, generando riesgo de confusión por parte de los consumidores y afectando los derechos del titular de una marca previamente registrada y reconocida.”

Antecedentes:
En abril de este año, Giovanni Castrillón Villa solicitó en la SIC la inscripción de una marca figurativa consistente en un ave dorada con franjas en las alas sobre un fondo negro. En junio, al publicarse la petición en la Gaceta de Propiedad Industrial No. 795, la compañía de moda italiana, Giorgio Armani, se opuso al registro y alegó que entre el signo podía llegar a confundirse con su imagen comercial.

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