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sábado, 12 de mayo de 2012

De acuerdo con la Andi, las exportaciones del sector textil constituyen aproximadamente el 5% de las exportaciones totales del país, lo que lo convierte en el sector de exportaciones colombianas no tradicionales más importante con EE.UU como el segundo mayor destino, con lo cual las preferencias establecidas en el TLC podrían determinar el desempeño del sector en los próximos años.

En términos generales la importación de tejidos se encuentra gravada en Colombia con un arancel del 20% y 15% respectivamente, mientras que en EE.UU la importación de estos productos se encuentra sujeta a un arancel que puede variar entre 0% y 25%. Con el TLC tanto Colombia como EE.UU se obligaron a desgravar de manera inmediata la importación de textiles y tejidos provenientes de la otra parte una vez entre en vigor el TLC, el cual, de acuerdo a lo anunciado por el Presidente Santos, ocurrirá el próximo 15 de mayo.

Con el fin de impulsar la industria textil nacional e incluso proteger cuando sea necesario, se contemplan las siguientes medidas en el TLC: ?Salvaguardia Textil:

El TLC contempla la posibilidad que en caso de presentarse un aumento significativo de las importaciones de textiles provenientes de EE.UU que amenacen de manera real la producción nacional, Colombia pueda aplicar de manera transitoria (hasta por 2 años prorrogables por 1 año más), un arancel que no exceda el menor del arancel que le cobra Colombia a terceros países por las mismas mercancías, o el arancel aplicado a EE.UU a la entrada en vigor del TLC.

Esta medida de protección solo podrá aplicarse por una vez y durante los primeros 5 años de la entrada en vigencia del TLC. Dada la importancia de este mecanismo para la protección de la industria de las confecciones, el Gobierno Nacional mediante el Decreto 731 del 2012 reglamentó la aplicación de la salvaguardia textil.

La aplicación de esta salvaguardia se hace extensiva para proteger no sólo a productos idénticos del perjuicio o amenaza grave que puede causar la competencia estadounidense, sino también a productos similares o directamente competitivos con productos para el cual se solicita la medida. Cooperación Aduanera:

El TLC establece diversos mecanismos de cooperación entre las autoridades de ambas partes para asegurar que los exportadores cumplan con las normas de origen y así puedan acceder a la preferencia arancelaria. Uno de los más innovadores consiste en la posibilidad que tienen tanto Colombia como Estados Unidos de realizar visitas conjuntas a las empresas de los exportadores para verificar que éstos cumplan con las normas de origen.

Normas de Origen: Existen algunas disposiciones especiales en materia origen para textiles y confecciones, éstas son, entre otras:

i.Posibilidad que tienen las partes de pedir la modificación de una norma de origen si el insumo respectivo para la elaboración del tejido o la confección no se encuentra en cantidades comerciales. ii.Se establece una lista (Anexo 3-B) que contempla 18 insumos que no se encuentran en cantidades comerciales y sirven para producir textiles y confecciones. Las mercancías elaboradas con estos insumos gozan de algunas preferencias de origen.

iii.El TLC contempla la posibilidad que los tejidos o confecciones hechos a mano o con telares manuales o mercancías folclóricas tengan acceso inmediato libre de aranceles.

Antecedentes
En esta séptima entrega de la seriesobre el TLC, presentamos uno de los capítulos negociados más sensibles y polémicos: textiles y confecciones. Los textiles y las confecciones se encuentran regulados en el Capítulo III y fueron objeto de reciente regulación por parte del Gobierno con el Decreto 731/12 el pasado 13 de abril en el marco de la Cumbre de las Américas.

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