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  • Germán Corcho Tróchez

viernes, 15 de noviembre de 2013

Pese a la oposición que inicialmente presentó Congelados Agrícolas, Congelagro, la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, otorgó finalmente el registro a la marca Japi de Team Foods Colombia, fabricante y distribuidor de mantequillas Campi y aceite Oliosoya, entre otros, para distinguir productos de la clase 29 internacional de Niza.

La resolución de segunda instancia proferida el 27 de junio pasado por el superintendente delegado para la Propiedad Industrial, resolvió así la apelación entablada por el conglomerado empresarial contra la primera decisión, emitida hace 11 meses por la Dirección de Signos Distintivos. En esa oportunidad, el beneficio le fue negado.

El organismo no le había concedió la distinción, con fundamento en la existencia previa en el mercado de Happy, concedida desde 2009 a Representaciones Continentales en la clase 33: bebidas alcohólicas (con excepción de cerveza). Según dictaminó, esta expresión corría mayor riesgo de confusión y asociación que Rapi de Congelagro, en la misma categoría 29. De ahí que su oposición fuese declarada infundada.

“Japi genera un sonido idéntico a Happy, cuya traducción al español es ‘Feliz’ (...). Entre tanto, la expresión Rapi es evocativa de aquello que es rápido y en ese orden de ideas existe una diferencia evidente entre el concepto o idea que general Japi/Rapi”, señala la resolución del 27 de diciembre anterior.

No conceptuó lo mismo de las semejanzas con la otra expresión. “El consumidor, al pedir en el mercado un producto marca Happy, está ante un potencial riesgo de recibir un producto marca Japi, y creer que se encuentra ante el mismo origen empresarial y por tanto comparten los mismos estándares de calidad”.

Signos Distintivos también consideró que el signo en trámite de Team Foods entraría en conflictos con el de Representaciones Continentales porque coincidirían en los canales de comercialización y se promoverían en los mismos medios de publicidad, a pesar de que están en diferentes clases de la nomenclatura internacional de Niza.

Consideraba igualmente la Superintendencia que muchas de las diferentes recetas, preparaciones y presentaciones de los productos de Japi (carnes, pescados, carnes de aves y carne de caza), son consumidos con algunas de las bebidas alcohólicas de Happy. “Más aún si se tiene en cuenta que perteneciendo al sector alimenticio, es común y el consumidor lo reconoce en el mercado, que los empresarios que producen un producto, en su visión expansionista, incursionen en diversos segmentos del mismo rango”.

No se complementan
En su resolución, el Superintendente delegado para la Propiedad Intelectual confirmó que la marca Rapi, de Congelagro, que también presentó recurso de apelación, pueden coexistir en el mercado porque el consumidor dispondría de los elementos necesarios para identificarlos y diferenciarlos. “Sus consonantes iniciales, J y R, determinan su diferenciación, por lo que al ser pronunciadas generan una sonoridad distinta”.

En cuanto a las posibles coincidencias en los canales de comercialización, sin embargo, varió del criterio de Signos Distintivos. Concluyó que se trata de productos, carnes y bebidas alcohólicas, que no se encuentran en la misma clase de Niza, sino que tampoco guardan relación “de complementariedad”, toda vez que sus finalidades son diferentes.

“Los que pretende proteger el signo solicitado (Japi) hacen referencia a productos alimenticios de origen animal, así como legumbres y otros hortícolas comestibles preparados para el consumo y la conservación”, explicó el Delegado.

Sobre su competidora, agrega: “los que distingue la marca registrada (Happy) corresponden a bebidas alcohólicas, razón por la cual satisfacen necesidades diversas teniendo en cuenta su disímil naturaleza y en esa medida carecen de conexión competitiva, utilizando medios comerciales y publicitarios propios de cada sector”.

Como es de segunda instancia, contra esta segunda decisión no procede ningún recurso. No obstante, Congelagro puede presentar la demanda de nulidad ante el Consejo de Estado.

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