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jueves, 13 de diciembre de 2012

Resolución No. 000422 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

Se crea un Programa de Alivios a las obligaciones financieras otorgadas en condiciones ordinarias Finagro por los intermediarios financieros, así como a las obligaciones agropecuarias contraídas con proveedores de insumos agropecuarios, para los productores del sector afectados por fenómenos climáticos, problemas fitosanitarios, caída de precios y excesivo endeudamiento con el sistema financiero, que se denominará “Programa de Alivios a Obligaciones Financieras- Ley 1587 de 2012”.

Los recursos destinados para este programa serán ejecutados por el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, Finagro, en la presente vigencia, para lo cual se celebrará un Convenio por valor de cuarenta mil millones de pesos ($40.000.000.000) moneda corriente.

El monto del desembolso estará sujeto a la disponibilidad del Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC, de la Gestión General del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

El 80% de los recursos del presente programa serán utilizados para la aplicación de alivios a obligaciones con los intermediarios financieros, y el 20% para alivios a obligaciones agropecuarias contraídas con proveedores de insumos agropecuarios, después de descontar los recursos destinados al pago de administración y otros conceptos necesarios para la operación del Convenio.

Los beneficiarios de los alivios serán aquellos productores que, de conformidad con la normatividad vigente al momento de registro ante Finagro del crédito objeto del alivio, hayan calificado como pequeños o medianos productores agropecuarios.

Banco de la República
Sistema de compensación electrónica de cheques y de otros instrumentos de pago
Circular Reglamentaria Externa -DSP- 153
La presente circular del Banco de la República sustituye la hoja 2-8 del21 de diciembre de 2011, de la Circular Reglamentaria Externa DSP-153, correspondiente al Asunto 2: “Sistema de Compensación Electrónica de Cheques y de Otros Instrumentos de Pago- CEDEC” del Manual del Departamento de Sistemas de Pago.

La citada circular se modifica para actualizar los valores de las tarifas, los cuales estarán vigentes a parir del 1 de enero de 2013.

Banco de la República
Tarifas por la administración de las cuentas de depósito y por operaciones en el CUD
Circular Reglamentaria Externa -DSP- 272
La presente circular se sustituye las hojas 16-1, 16-2 y 16-3 de diciembre 21 de 2011, de la Circular Reglamentaria Externa DSP-272, correspondiente al Asunto 16: “Tarifas por la Administración de las Cuentas de Depósito y por Operaciones en el Cud” del Manual del Departamento de Sistemas de Pago. La citada circular se modifica para actualizar los valores de las tarifas por administración de las cuentas de depósito y operaciones.

Concejo de Bogotá
Se promueve la donación de bicicletas a personas en situación de pobreza
Acuerdo No. 506
El Instituto Distrital de Recreación y Deporte en coordinación con las Secretarías de Movilidad e Integración Social, propenderá por la celebración de alianzas con organizaciones privadas sin ánimo de lucro, para promover la donación de bicicletas nuevas y en desuso pero en buen estado, a personas en situación de pobreza que las requieran para su movilidad y recreación. La forma de entrega y los lugares de recolección, serán definidas en el marco de las alianzas.

Consejo de Estado
Presupuestos para que dé lugar la sanción por devolución improcedente
25000-23-27-000-2007-00091-01(18001)
La sanción prevista en el artículo 670 del Estatuto Tributario parte del presupuesto de que al contribuyente se le haya devuelto una suma en exceso por concepto de saldo a favor y, por eso, la sanción consiste en la orden de reintegro de las sumas devueltas o compensadas en exceso, de pago de los intereses moratorios que correspondan, esto es, los causados sobre los impuestos debidos y de pago de la sanción propiamente dicha.

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