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  • Carlos Eduardo González

miércoles, 14 de junio de 2017

Según la Ley 1788 del 7 de julio de 2016, los empleadores tendrán que pagar la prima de servicios que corresponde a la mitad del salario mensual por el semestre trabajado.

“Esta es una Ley que busca reivindicar los derechos laborales de más de 730.000 trabajadores domésticos, en su mayoría mujeres que se dedican a actividades caseras, y es justo reconocimiento en equidad, y nuestro llamado es para quienes contraten a estas personas cumplan sus obligaciones, para lo cual el Ministerio del Trabajo estará muy pendiente y atento a las quejas”, señaló la jefa de la cartera.

Entre el grupo de empleados domésticos se encuentran labores como aseo, cocina, lavado, planchado, jardinería, conductor de familia y trabajadores de finca, entre otros.

La sanción por el no pago de la prima a estos empleados es la misma que para cualquier otro empleador.

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