Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

  • Eliana Clavijo Ortiz

miércoles, 8 de febrero de 2012

La sociedad Kentucky Fried Chiken International Holdings Inc. interpuso recurso de reposición y en subsidio de apelación en contra de la decisión contenida en la resolución No. 34731 del 30 de junio de 2010, mediante el cual la Superintendencia de Industria y Comercio declaró fundada la oposición presentada por la sociedad Gaseosas Posada Tobón S.A. y negó el registro del signo `i-Twist by KFC` (mixta), para distinguir productos comprendidos en la clase 29 internacional con fundamento en la causal de irregistrabilidad contenida en el literal a de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

La sociedad solicitante justificó que 'el solo hecho de que la marca solicitada `i- Twist by KFC`& Diseño contenga el elemento `twist`, también presente en las marcas registradas por Gaseosas Posasa Tobón S.A, no hace que exista riesgo de confusión entre las mismas, en la medida de que el signo requerido está compuesta por las expresiones `by KFC` y todo el conjunto marcario esta dotado de un carácter particular dado por el tipo y el diseño especial de letra así como la particular y original disposición de dichos elementos, a los cuales el Despacho les quita toda relevancia'. De acuerdo a lo anterior, la Dirección de Signos Distintivos confirmó la decisión contenida en la resolución No. 34731 y se concedió el recurso de apelación interpuesto por Kentucky Fried Chiken International Holdings, Inc.El análisis del caso se estudió de acuerdo a lo estipulado en el artículo 136, literal a) de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina donde hace referencia a la irregistrabilidad de los signos por identidad o similitud. Al comparar el signo solicitado `i- Twist by KFC` y las marcas previamente registras `Twist`, `Twist frost` y `Fruty twist`, la SIC especificó que entre ellas presentan similitudes susceptibles de generar riesgo de confusión o de asociación, ya que el signo requerido reproduce la denominación `Twist` de la marca previamente registrada. Adicionalmente, estableció que era necesario evaluar la conexión competitiva entre los productos o servicios que amparen o pretendan amparar. La marca requerida pretende distinguir 'carne, pescado, aves, extractos de carne, vegetales en conserva, secos y cocidos, quesos', productos comprendidos en la clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza. Por otra parte, los signos fundamento de la oposición identifican 'cervezas, agua mineral, gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas y zumos de frutas, siropes y otras preparaciones para hacer bebidas; refrescos y granizados, aguas minerales, gaseosas, zumos de frutas y toda clase de preparaciones para hacer bebidas', comprendidos en la clase 32 de la nomenclatura internacional. De lo anterior la Superintendencia de Industria y Comercio comentó que el signo solicitado en registro pretende distinguir productos relacionados competitivamente con los distinguidos con la marca previamente registrada, ya que son productos que se complementan en su preparación o consumo y coinciden en sus canales de comercialización y distribución, entonces el consumidor no dispondría de los elementos necesarios y suficientes que le permitan diferenciar el producto y el origen empresarial.En consecuencia, la Dirección de Signos Distintivos definió que la marca objeto de la solicitud está comprendida en la causal de irregistrabilidad establecida en el artículo 136 literal a) de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.AntecedentesEl artículo 136, literal a de la Decisión 486 señala que 'no podrán registrarse como marcas los signos que sean idénticos o se asemejen, a una marca anteriormente solicitada para registro o registrada por un tercero para los mismos productos o servicios respecto de los cuales el uso de la marca pueda causar riesgo de confusión. La función principal de los signos, es la de identificar los diversos productos o servicios que intervienen en el mercado, permitiendo a su titular, individualizarlos frente a los demás empresarios'.

LA REPÚBLICA +

Registrándose puede personalizar sus contenidos, administrar sus temas de interés, programar sus notificaciones y acceder a la portada en la versión digital.