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  • Colprensa

jueves, 11 de abril de 2013

El Consejo de Estado negó una tutela interpuesta por la Universidad de Cartagena con la que buscaba que Ecopetrol le cancelara más de $55.000 millones.

Según la entidad educativa, el dinero que la empresa petrolera le debe tiene que ver con el valor que debía retener y transferir por el recaudo de la estampilla 'Universidad de Cartagena, siempre a la altura de los tiempos'.

En la demanda también explican que Ecopetrol incumplió un fallo del Tribunal Administrativo de Bolívar del 2007, que le ordenó cancelar lo adeudado por el recaudo de la estampilla, los intereses y sanciones.

Sin embargo, tanto el juzgado administrativo que conoció el caso en primera instancia como el Tribunal consideraron que los rubros por concepto de intereses y sanciones no hacen parte de la acción de cumplimiento interpuesta por la Universidad y dieron por acatado el fallo que le ordenó a Ecopetrol el pago de los dineros por el recaudo de la estampilla.

Ante tales circunstancias, la Universidad interpuso una tutela alegando que no se dio cumplimiento al fallo y que las autoridades judiciales con sus decisiones violaron su derecho al debido proceso.

La Sección Cuarta del Consejo de Estado, con ponencia de la magistrada Martha Teresa Briceño, concluyó que mediante la acción de cumplimiento que interpuso la Universidad para que Ecopetrol acatara el fallo del Tribunal no se podía determinar el valor que supuestamente adeudaba la empresa por concepto del recaudo de la estampilla ni tampoco se podía liquidar el valor de las sanciones e intereses que reclaman las demandantes.

En ese sentido, la sala indicó que, “resulta desafortunado el uso indebido que realizaron de la acción de cumplimiento tanto las demandantes como el Tribunal Administrativo de Bolívar”.

La sentencia señala que si la Universidad de Cartagena cree que tiene derecho al pago de las sanciones por mora y extemporaneidad debe formular las peticiones ante la administración tributaria territorial respectiva para obtener las pretensiones pecuniarias que reclaman.

Tal determinación se dio a conocer en el marco del Encuentro Internacional de Altas Jurisdicciones Administrativas celebrado en Cartagena y cuyo tema central es “El Juez Administrativo y el Medio Ambiente”.

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