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  • Erick Rincón Cárdenas

lunes, 22 de abril de 2013

Desde la estrategia de Gobierno en Línea definida dentro de la Política de Agenda de Conectividad en el año 2000, Colombia cuenta con diversos instrumentos institucionales que promocionan el desarrollo de gobierno electrónico.

El gobierno electrónico, no se trata de una tendencia o una moda, es por el contrario  una nueva forma de gestión de lo público, la administración electrónica se impone como un nuevo canal de interacción entre ciudadanos y el Estado, y por supuesto con el uso intensivo de las tecnologías por parte de todos, resulta apenas lógico que su gestión al interior del Estado se encuentre coordinada y organizada en todo sentido. 
 
Sin embargo, la realidad nos viene mostrando algo distinto: existe proliferación normativa alrededor del procedimiento administrativo electrónico y de la gestión documental electrónica. Es así como en apenas2 años han sido expedidas normas que tocan de manera directa el procedimiento administrativo electrónico, sin que exista para los mismos funcionarios públicos claridad sobre su oportunidad y orden de aplicación.  La cantidad de normas alrededor de la gestión pública electrónica merecen orientación y dirección estratégica. Tenemos entonces la Ley 1437 Nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, que define en todo un capítulo el procedimiento administrativo electrónico, también se cuenta conel Decreto Ley 019 de 2012 que desarrolla la simplificación y racionalización de algunos trámites utilizando TICs, durante el 2012 también fue expedidala Ley 1564 Nuevo Código General del Proceso que introduce importantes disposiciones sobre el uso de medios electrónicos, posteriormente se emitieron el Decreto 2364 sobre firma electrónica, los Decretos 2578 y 2609 de 2012 sobre gestión documental electrónica, donde se toca por ejemplo el expediente electrónico y el Decreto 2693  sobre Gobierno en línea que define metas, responsables y cronogramas de aplicación. 
 
Las instancias de definición gubernamental tampoco son claras, pues dependiendo de la iniciativa se tienen diferentes liderazgos que confluyen en temáticas muy similares, como pasa con la política cero papel, que se encuentra liderada por la Alta Consejería para la Eficiencia Administrativa, pero también tiene en ella interés directo el Ministerio de las Tecnologías y el mismo Archivo General de la Nación. 
 
En trámites colisionan muchas veces las competencias de MinTIC con las del Departamento Administrativo de la Función Pública, y también existen otros interesados como es el caso del Departamento Nacional de Planeación o el mismo Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.  En materia de promoción y financiamiento se encuentra otro importante actor como lo es Colciencias. Se necesita coordinar las instancias gubernamentales de gestión TIC en el Estado, y para ello será fundamental el papel del recientemente creado Viceministerio TI, instancia que debe propiciar precisamente  un trabajo armónico alrededor de la incorporación de las tecnologías al interior del Estado. Pero también y no menos importante se debe trabajar en la definición de la aplicación ordenada y consecuente de los diferentes instrumentos normativos con los que contamos. La armonización de muchas de estas importantes y loables iniciativas reglamentarias se hace necesaria para darle orden a la gestión TIC, y allí el papel por ejemplo de los Manuales de Gobierno en Línea emitidos desde Mintic resulta fundamental. 
 
Tenemos la infraestructura institucional y normativa para desarrollar trámites y servicios por medios electrónicos. El trabajo deberá iniciar por la coordinación y la armonización para que Colombia además de aumentar su posición en desarrollo de las TIC, también demuestre que puede tener buenas prácticas en el uso de las herramientas existentes.
 
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