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  • Adriana Martínez Villegas

martes, 6 de marzo de 2012

La creación del Viceministerio de Minas y de dos direcciones: una para la minería empresarial y otra para la formalización minera, indican que por la existencia de una problemática grande en relación con la extracción ilícita, el Gobierno le quiere buscar una solución definitiva.

Un equipo nuevo de trabajo, con responsabilidades orientadas a la búsqueda de políticas, estrategias y acciones que permitan luchar de manera frontal contra el delito y, a su vez, apoyar y formalizar la que han denominado 'minería tradicional', tendrá a su cargo ese reto. Con frecuencia se escuchan voces que indican que el Código de Minas vigente, no permite la formalización de la actividad extractiva sin título. Nada más alejado de la realidad.

Existe un capítulo entero en la ley denominado 'Aspectos Sociales de la Minería' que brinda las orientaciones necesarias para una intervención decidida del Estado, en procura de elevar las condiciones de los trabajadores informales en extracción de minerales, que se encuentra aún sin estrenar pero que, sin embargo, no se tiene en cuenta en el decreto recientemente expedido. Lo que sí es cierto es que el marco normativo minero vigente refleja una política pública clara: la minería que Colombia necesita debe ser viable en sus aspectos técnicos, económicos, sociales y ambientales. De no demostrarse dichas viabilidades por parte del interesado en un proyecto, la actividad no debería iniciarse, o debería suspenderse. Sin embargo, nos falta mucho por hacer en materia de reglamentación técnica, para fijar las condiciones de esa clase de minería.

Las guías minero-ambientales, obligatorias para el minero, fueron expedidas con orientación ambiental pero sin contenido técnico-minero. Las normas técnicas solo existen para dar cumplimiento al literal g del artículo 271, en el sentido de señalar cómo se presenta el plano que acompaña la solicitud, pero no existen para los demás temas técnicos de tanta relevancia para la actividad. Los términos de referencia que deberían expedirse, tanto para el minero como para la autoridad, orientados a la elaboración y evaluación de los estudios técnicos y a la ejecución y seguimiento de los trabajos, también se encuentran pendientes de adoptarse en su mayoría.

Han pasado más de diez años y seguimos sin conocer cómo debe materializarse la minería que queremos, a través de las normas técnicas que así lo señalen. Esa definición tan necesaria, debe estar contenida en un reglamento técnico, como en otros países. Se habla mucho en foros de adoptar estándares internacionales, pero deberíamos fijarnos como propósito inicial, lograr unos nacionales.

La comunidad, incluyendo a la industria, rechaza la extracción sin manejo técnico ni ambiental, como la que se está viendo en grandes zonas del país, y que es la razón de los cambios normativos aludidos. En este afán de solucionar tan difícil problemática, el presidente Santos anunció la semana antepasada en Cartagena, la expedición de un nuevo Código de Minas y señaló que contendrá herramientas para fortalecer el combate a la minería ilegal y proteger el ambiente, 'dotando al Estado de mayor capacidad para declarar la caducidad en casos de incumplimiento de normas fiscales, ambientales o laborales'.

Con o sin nuevo Código, a la extracción ilícita no le será aplicable regulación alguna, mientras no se formalice. Se requiere atraer estos trabajadores informales hacia la industria, y complementarlo con la determinación de estándares nacionales, a través de la expedición del reglamento técnico que la Ley 685/01 ordenó, de manera que se fijen parámetros adecuados de la minería que Colombia sí necesita.

Antecedentes
Los cambios que se han producido recientemente en el Ministerio de Minas y Energía, con la expedición del Decreto 0381 de 2012, son el reflejo de las preocupaciones de esa cartera por estos días, entre otros temas, con la actividad minera. Santos anunció la expedición de un nuevo Código de Minas que contendrá herramientas para combatir la minería ilegal.

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