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domingo, 6 de marzo de 2016

Según la Misión de Observación Electoral, el presidente Juan Manuel Santos deberá escoger la tríada en los 15 días siguientes después de que inicie la legislatura. Es decir, añade la Organización, deberá ser entre el 23 de julio y el 13 de agosto, por lo que la elección deberá ser en el primer mes de sesiones entre el 20 de julio y el 21 de agosto. El Defensor que entre a remplazar a Alfonso Cajiao se deberá posesionar el 1 de septiembre. 

Son tres los requisitos que tendrá que cumplir el relevo. El primero de ellos es que sea colombiano de nacimiento; abogado y no haber sido condenado por sentencia judicial a pena privativa de la libertad. 

El primer Defensor del Pueblo fue Jaime Córdoba Triviño; le siguió José Fernando Castro y fue reemplazado por Eduardo Cifuentes. Este no terminó el periodo, porque renunció para ir a la oficina de derechos humanos de la Organización Educativa, Científica y Cultural de la ONU. “La historia de la Defensoría ha sido bastante dramática. Tuvo una edad de oro que fueron los primeros diez años”, dijo el representante Alirio Uribe.

Antes de Otálora, quien renunció por las acusaciones de acoso laboral y sexual, había estado Volmar Pérez quien fue reelegido y estuvo dos periodos en el cargo. 

¿Para que está la entidad?
Según la Constitución, la principal función de esta institución es velar por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos. Aunque orgánicamente está adscrita a la Procuraduría General, es una institución autónoma y con un presupuesto propio. Además, según la Constitución, debe “orientar e instruir a los colombianos en el ejercicio y defensa de sus derechos”. También, tiene la capacidad de presentar proyectos de ley; interponer acciones populares; y recomendar políticas para los derechos humanos. 

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