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  • Germán Corcho Tróchez

martes, 6 de agosto de 2013

La sociedad Flores de la Hacienda se quedó con el dulce sabor de poder registrar su marca omónima, bajo la Clase 31 de la Clasificación Internacional de Niza, luego de que el superintendente delegado para la Propiedad Industrial, tras analizar la apelación interpuesta por su abogado, revocara la resolución que le había negado ese derecho único por el supuesto parecido con Hacienda Real, signo de la tradicional azucarera vallecaucana Manuelita.

En primera instancia, la directora de Signos Distintivos de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) decidió que, de aceptarse la inscripción del nombre Flores de la Hacienda, existía “el riesgo de confusión en los consumidores” por la posible coincidencia de sus canales de distribución, divulgación y comercialización. Y que lo anterior se agravaba porque la marca de Manuelita y la solicitante son de la misma clase de Niza.

La delegada estimó entonces que el signo Flores de la Hacienda incurría en la causal de irregistrabilidad dispuesta en el artículo 186, literal A, de la decisión 486 de la Comunidad Andina.

Manuelita, cuyo principal centro de producción funciona en Palmira (Valle del Cauca), es una de las empresas más antiguas y simbólicas de Colombia con 149 años de existencia comercial. Su éxito con su producto madre, el azúcar, le ha permitido ampliar su frontera de servicios a Perú, Brasil y Chile a través del cultivo de camarones y mejillones, espárragos, uvas, frutas y hortalizas, e incursionar en el sector de la energía renovable con la producción de bioetanol de caña de azúcar y biodiesel de palma.

La bogotana Flores de la Hacienda, por su parte, se dedica desde hace más de 30 años a la exportación de flores. De hecho, requirió el signo que tiene su misma razón social para comercializar flores naturales, bulbos de la flor, flores secas para la decoaración y coronas naturales. Actualmente posee clientes en Estados Unidos y Europa.

No existe similitud

El registro de la marca Flores De La Hacienda es consecuencia de la apelación presentada por el abogado Rodolfo Yánez Otálora, miembro de la firma de asesores legales especializados 4 Solutions, contra la resolución del 30 de noviembre de 2012, que negó el registro que había solicitado siete meses antes.

En su anuncio, el Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial de la Superintendencia concluyó que, analizados los signos en pleito, “encontramos que cuentan con elementos adicionales que general que al ser pronunciados y transcritos, produzcan una impresión totalmente diferente en el consumidor y, en caso de coxistencia, no generarían riesgo de confusión ni de asociación”.

El superior jerárquico de la Directora de Signos Distintivos de la SIC agrega que, si bien los signos comparten la exprensión ‘Hacienda’, dicha coincidencia se ve diluida por los demás elementos que, nominativos y gráficos, conforman la marca denegada. “Por tal razón, el despacho considera que es susceptible de registro (...) y, por tanto, el uso del signo pretendido no es susceptible de acarrear riesgo de fondusión en el mercado”.

Consultado por LR sobre la decisión, el abogado Yánez manifestó que era “bastante evidiente” que las razones no se habían estudiado de debidamente. “Alegaban una similitud con una marca que no tenía parecido”.

Yánez explicó que el interés de su representada enregistrar su marca radica en que ciertos competidores” aprovechaban su nombre, años en el mercado y reconocimiento para obtener beneficios. “Ya mandamos comunicaciones para informarles que dejen de comercializar o exportar productos similares con esta marca. De momento, hemos tenido respuestas positivas de los competidores. Por eso, hasta ahora no hay demandas”.

Rodolfo Yánez Otálora
Abogado de Flores de la hacienda

“Creemos que estábamos en lo cierto y nos dieron la razón. La Superintendencia de Industria y Comercio actuó de buena forma haciendo el análisis correcto. En este caso estamos conformes”.

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