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lunes, 7 de mayo de 2012

La Superintendencia de Sociedades emitió en Marzo 15 de 2012, el Concepto Jurídico No. 016468.Si bien el llamado giro ordinario de los negocios se encuentra determinado por las actividades que constituyen el objeto social, resultan oportunas algunas precisiones conceptuales en torno al empleo constante en la práctica mercantil de la referida expresión 'giro ordinario de los negocios'.

Partiendo de las anteriores consideraciones en cuanto al tema del objeto social, se concluye que éste alude a las actividades que desarrolla o se propone realizar el ente social, al paso que solamente quedan cobijadas por ' giro ordinario ' aquellas actividades que en forma habitual u ordinaria, ejecuta la sociedad. ¿Qué sucede cuando de Socios o , según sea el caso, nombra un Representante Legal pero no establece su remuneración o salario, lo cual también es una de sus funciones (de de Socios o de ?'. Al respecto es necesario tener en cuenta las normas que regulan lo relacionado con el nombramiento y remuneración del representante legal de una sociedad. En efecto, tenemos como en las sociedades de responsabilidad limitada, conforme lo consagrado en el artículo 358 del Estatuto Mercantil, ' La representación de la sociedad y la administración de los negocios sociales corresponde a todos y a cada uno de los socios; éstos tendrán, además de las atribuciones que señala el artículo 187, las siguientes:

5. Elegir y remover libremente a los funcionarios cuya designación le corresponda . La junta de socios podrá delegar la representación y la administración de la sociedad en un gerente, estableciendo de manera clara y precisa sus atribuciones.

Consejo de estado
Un empleado público no puede ejercer funciones diferentes a las asignadas al cargo

Ref: Expediente No. 250002325000200606065 01.Con todo la existencia de un amplio marco regulatorio del ejercicio de la función pública permeado transversalmente por el principio de la legalidad, que impide que un empleado público sin la existencia de una situación administrativa que así lo permita, pueda ejercer funciones diferentes a las asignadas al cargo en el cual se haya vinculado y mucho menos percibir una asignación diferente a la establecida en el marco jurídico para él.

Consejo de estado
Normas supranacionales despliegan efectos especiales sobre ordenamientos de miembros

Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Primera. El concepto de supranacionalidad, dentro del que se inscribe el Acuerdo de Cartagena, implica que los países miembros de una organización de esta índole se desprendan de determinadas atribuciones que; a través de un tratado internacional; son asumidas por el organismo supranacional que adquiere la competencia de regular de manera uniforme para todos los países miembros sobre las precisas materias transferidas.

Corte constitucional
El Sistema General de Regalías no afecta a los pueblos indígenas o afrodescendientes

La Corte Constitucional, en la sesión de la Sala Plena celebradas los días 2 y 3 de abril de 2012, adoptaron entre otras, las siguientes decisiones: Sentencia C-315/12, se declara exequible el inciso segundo del artículo 59 de la Ley 1474 de 2011 'Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública', con relación a que la sustentación verbal en la misma audiencia de apelación'.

Corte constitucional
Es improcedente instaurar una acción de tutela contra una sentencia de tutela

Sentencia T-010/12. Al existir un procedimiento especialísimo para controvertir las sentencias de tutela dictadas por esta la Corte Constitucional, no hay lugar a que las mismas puedan ser objeto de reparo a través de una nueva acción de amparo; ello por cuanto, (i) se desnaturalizaría la institución de la tutela como mecanismo preferente y sumario, (ii) se desconocería la función de la Corte como órgano de cierre en la jurisdicción constitucional, (iii) se harían nugatorios los derechos fundamentales.

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