Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

  • Andrés Felipe Quiroga

sábado, 2 de agosto de 2014

Estos cambios macroeconómicos han llevado necesariamente al Estado colombiano a suscribir diversos acuerdos económicos bilaterales, con el fin de responder al proceso de la globalización, mejorar las condiciones de acceso a nuevos mercados, promover inversiones mutuas, y lograr un mejor nivel de desarrollo que beneficie la economía nacional.

En aras de este objetivo, Colombia ha logrado suscribir diversos tratados de libre comercio (TLC) con países de la región y acuerdos sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones (BIT). Sin embargo, estos tratados, negociados o suscritos por Colombia, representan  ventajas y desventajas para la promoción de las actividades mercantiles de los diversos agentes económicos.  Como ventajas de estos acuerdos se pueden resaltar las siguientes:

1) Estos acuerdos establecen marcos jurídicos de naturaleza bilateral, de manera permanente, lo que brinda una mayor seguridad jurídica a las relaciones económicas internacionales de los Estados parte. Esto significa que los beneficios o prebendas otorgadas en un TLC o BIT no dependen de un proceso de apertura, o de una ley nacional que puede variar con el tiempo; sino de marcos jurídicos definitivos, estables, permanentes e institucionales que permitan regular cualquier operación comercial internacional de forma segura y confiable para los partícipes del mercado.

2) Los partícipes del mercado, por su parte, pueden verse favorecidos al incorporar cláusulas sobre libre circulación de bienes y de capitales, tratamiento nacional, no discriminación, nación más favorecida, compensación por expropiación, desgravación arancelaria progresiva, reducción y consolidación arancelaria, transparencia, mecanismos de solución de controversias, entre otras; cláusulas que tienen como finalidad disminuir los riesgos y otorgar mayores garantías a cualquier transacción o inversión de capital. 

3) Estos acuerdos producen transformaciones importantes en el ordenamiento jurídico de los Estados parte; por ejemplo, en el tema de los TLC, se celebra el tratado y posteriormente se convierte en ley nacional. Esto termina siendo favorable para la inversión extranjera, porque estos acuerdos comprometen la responsabilidad internacional de los Estados parte, lo que garantiza transacciones más seguras y mayores niveles de confianza para cualquier relación comercial entre los particulares. 

Aunque los Tratados de Libre Comercio y de inversión representen algunas ventajas para la promoción de las actividades mercantiles, también pueden representar desventajas.

Una de las mayores desventajas de los TLC o BIT es que en ocasiones se celebran y se suscriben entre Estados cuyas economías son asimétricas, como ocurre entre la economía norteamericana y la colombiana: una economía fuerte sobre una débil. 

Es importante advertir que hoy ningún país puede sustraerse a los cambios económicos internacionales. Por esta razón, todo lo que sea libre comercio e inversión extranjera es favorable para los fines de un Estado y los actores particulares. El problema es que ese libre comercio organizado conserva unas barreras proteccionistas para las economías de los Estados desarrollados, lo que no permite que surja una relación comercial dentro de un marco de equidad. 

Otro aspecto importante de los TLC y BIT es que sirven como eslabones para consolidar procesos de integración. No obstante, para los países en vía de desarrollo la operación debe ser inversa, es decir, primero se deben crear y solidificar mecanismos de integración con mercados comunes y afines, para posteriormente llegar a acuerdos bilaterales; y no comenzar con acuerdos bilaterales a la espera de lograr una buena integración económica.

No obstante, estos Tratados de Libre Comercio e Inversión suscritos o negociados por Colombia, pueden ser igualmente atractivos, siempre y cuando se negocien dentro de marcos jurídicos integrales, y adicionalmente, se establezcan políticas públicas que permitan el aumento de la productividad, la competitividad, las exportaciones e importaciones, aspectos que permiten incrementar la oferta, la calidad de los bienes y servicios, los precios a favor de los consumidores, el empleo, y las utilidades de los empresarios e inversionistas, pues éste es el objetivo principal que todo acuerdo bilateral de libre comercio e inversión debe procurar.

LA REPÚBLICA +

Registrándose puede personalizar sus contenidos, administrar sus temas de interés, programar sus notificaciones y acceder a la portada en la versión digital.