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lunes, 30 de abril de 2012

La Corte Constitucional le volvió a llamar la atención a la Procuraduría General de la Nación debido a las solicitudes que ha realizado para conocer información de varias mujeres que han sido autorizadas para la práctica de una aborto, dentro de los casos amparados por esa Corte.

La corporación reiteró que los funcionarios judiciales no pueden entregar esa información a la Procuraduría o a cualquier otra entidad con el ánimo de salvaguardar sus derechos fundamentales y con el fin de evitar que sean estigmatizadas por solicitar abortos en los casos amparados.Cabe recordar que en fallo de tutela reciente, la Corte ordenó cumplusar copias a los organismos de control a varios funcionarios judiciales que suministraron la información de una menor de 12 años a la que se le practicó un aborto en los casos contemplados por la ley.

La Corte precisó que no solo se debe salvaguardar la identidad de la mujer que se practicó un aborto, sino que además se deben omitir aquellas informaciones que permitan identificar su lugar de origen, así como o la EPS que trató el caso del aborto de la paciente. Para la Corte es tan importante proteger esta información debido a que se han conocido casos de mujeres que acuden a clínicas clandestinas para realizarse un aborto incluso poniendo en riesgo su vida.

Colprensa

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